El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 63. Expedición de títulos y Libro Registro.

Artículo 63 del Real Decreto 671/2013, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo. · BOE-A-2013-9680

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-09-19.

Texto consolidado

1. La Cancillería de la Real Orden, una vez otorgada una condecoración, expedirá el título correspondiente, que estará autorizado con la estampilla de la firma de Su Majestad el Rey e irá firmado por el Gran Canciller de la Real Orden.

2. La concesión de las condecoraciones reguladas en este título se harán constar en un Libro Registro.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-09-19.

Más artículos de Real Decreto 671/2013

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 671/2013 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.