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Real Decreto Vigente

Artículo 19. Comunicación con los órganos jurisdiccionales.

Artículo 19 del Real Decreto 671/2013, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo. · BOE-A-2013-9680

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-09-19.

Texto consolidado

Las concesiones de indemnización se comunicarán al órgano jurisdiccional que hubiere dictado la resolución que declaró la responsabilidad civil en la que el Estado hubiere quedado subrogado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-09-19.

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