Artículo 19. Comunicación con los órganos jurisdiccionales.
Artículo 19 del Real Decreto 671/2013, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo. · BOE-A-2013-9680
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-09-19.
Texto consolidado
Las concesiones de indemnización se comunicarán al órgano jurisdiccional que hubiere dictado la resolución que declaró la responsabilidad civil en la que el Estado hubiere quedado subrogado.
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