Real Decreto 49/2024, de 16 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los centros docentes de la Policía Nacional.
BOE-A-2024-814 · Boletín Oficial del Estado, 2024-01-17 · Ministerio del Interior
Real Decreto 49/2024 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-26.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 49/2024
- Fecha de la disposición
- 2024-01-16
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 15, 2024-01-17
- Entrada en vigor
- 2024-01-18
- Departamento
- Ministerio del Interior
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-26
- Artículos
- 47
- Identificador BOE
- BOE-A-2024-814
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, dedica su título VII a regular la formación en la Policía Nacional, que tendrá como objetivo garantizar la capacitación profesional y la permanente actualización de sus funcionarios. A tal fin, y de acuerdo con el artículo 36, la organización y funcionamiento de los centros docentes, así como su régimen académico y disciplinario, se regularán por su normativa específica.
En este sentido, y en el ámbito de la formación correspondiente a los estudios universitarios del Sistema Educativo Español, el artículo 39 prevé la creación de un Centro Universitario de Formación del Cuerpo Nacional de Policía que se adscribirá a una o varias universidades
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del Reglamento de los centros docentes de la Policía Nacional.
- Disposición adicional primera. Puestos de trabajo de los centros docentes.
- Disposición adicional segunda. No incremento de gasto.
- Disposición adicional tercera. Reconocimiento al personal policial no adscrito a los centros docentes de la Policía Nacional la dirección de los trabajos de fin de Grado o de fi…
- Disposición transitoria única. Normativa aplicable por los centros docentes a los cursos ya iniciados.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo de la Dirección General de la Policía, aprobado por Real Decreto 997/1989, de 28 de julio.
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 666/2022, de 1 de agosto, por el que se aprueban los Estatutos del Centro Universitario de Formación de la Policía Nacio…
- Disposición final tercera. Título competencial.
- Disposición final cuarta. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Estructura de los centros docentes.
- Artículo 3. Dirección.
- Artículo 4. Jefatura de Régimen Docente.
- Artículo 5. Jefatura de Régimen Interior.
- Artículo 6. Coordinadores y Coordinadoras Docentes.
- Artículo 7. Departamentos Docentes.
- Artículo 8. Departamento de Psicopedagogía.
- Artículo 9. Gestión de calidad.
- Artículo 10. Claustro.
- Artículo 11. Junta de evaluación.
- Artículo 12. Profesorado titular.
- Artículo 13. Funciones del profesorado titular.
- Artículo 14. Personal instructor.
- Artículo 15. Funciones del personal instructor.
- Artículo 16. Personal docente colaborador.
- Artículo 17. Derechos y deberes del personal docente.
- Artículo 18. Valoración del personal docente.
- Artículo 19. Jornada, horario, vacaciones, permiso por asuntos particulares y permiso de navidad y semana santa del personal docente.
- Artículo 20. Condición de alumno y alumna.
- Artículo 21. Estatuto del alumnado.
- Artículo 22. Dependencia académica del alumnado en los procesos selectivos de ingreso por oposición libre y de acceso a las plazas de personal facultativo y técnico.
- Artículo 23. Dependencia académica del alumnado en los procesos selectivos de ascenso por promoción interna.
- Artículo 24. Dependencia académica del alumnado en los cursos o actividades formativas programadas o coordinadas por los centros docentes policiales.
- Artículo 25. Régimen de internado o externado.
- Artículo 26. Derechos académicos del alumnado.
- Artículo 27. Deberes académicos del alumnado.
- Artículo 28. Ausencia del alumnado del centro docente.
- Artículo 29. Recompensas.
- Artículo 30. Jornada, horario, vacaciones, permisos, licencias y otras medidas de conciliación del alumnado.
- Artículo 31. Incorporación y permanencia.
- Artículo 32. Delegados y delegadas de clase.
- Artículo 33. Junta de alumnos y alumnas.
- Artículo 34. Evaluación académica del alumnado.
- Artículo 35. Evaluación de las actitudes y valores del alumnado durante los cursos académicos, formación profesional específica, especialización, y módulo de formación práctica …
- Artículo 36. Régimen disciplinario.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE núm. 22 de 25 de enero de 2024 |
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 49/2024?
- Real Decreto 49/2024 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-26.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 49/2024?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 49/2024?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.