Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 666/2022, de 1 de agosto, por el que se aprueban los Estatutos del Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A.
Disposición final segunda del Real Decreto 49/2024, de 16 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los centros docentes de la Policía Nacional. · BOE-A-2024-814
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-01-18.
Texto consolidado
Se añade una disposición adicional tercera en los siguientes términos:
«Al alumnado del Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional cuya formación forme parte del proceso selectivo de ingreso o promoción interna a la categoría de Inspector o Inspectora de la Policía Nacional, le será de aplicación la normativa reguladora de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional, así como los capítulos IV y V del Reglamento de centros docentes de la Policía Nacional, aprobado por el Real Decreto 49/2024, de 16 de enero.».
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