El Vínculo El Vínculo.
Real DecretoEstatal Vigente

Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos.

BOE-A-1985-26788 · Boletín Oficial del Estado, 1985-12-27 · Ministerio de Educación y Ciencia

Real Decreto 2377/1985 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.

Resumen

El Real Decreto 2377/1985 regula el régimen de conciertos educativos en España, estableciendo las normas básicas para que los centros privados puedan impartir educación básica obligatoria y gratuita con financiación pública. Esta norma es aplicable a todos los centros privados que deseen acogerse a este régimen desde su entrada en vigor el 19 de diciembre de 1985.

Entre los puntos clave, se establece que los centros deben cumplir ciertos requisitos para formalizar un concierto, como la constitución de un consejo escolar y la designación de un director. El concierto tiene una duración inicial de cuatro años, con posibilidad de renovación, y la Administración debe garantizar la gratuidad de la educación básica. Además, se especifica que los centros no pueden cobrar a los alumnos por las enseñanzas del concierto, y se regulan las causas de extinción del mismo, como el incumplimiento de obligaciones o el cese de actividades. Esta norma no está derogada y sigue vigente, aunque puede estar sujeta a modificaciones por parte de las Comunidades Autónomas.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 2377/1985
Fecha de la disposición
1985-12-18
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 310, 1985-12-27
Entrada en vigor
1985-12-28
Departamento
Ministerio de Educación y Ciencia
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-16
Artículos
76
Identificador BOE
BOE-A-1985-26788
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La Ley orgánica 8/1985 de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, establece en su artículo 20.1 que una programación adecuada de los puestos escolares gratuitos garantizará tanto la efectividad del derecho a la educación como la posibilidad de escoger centro docente. Por otra parte, el artículo 27.3 establece que la programación específica de puestos escolares en los niveles obligatorios y gratuitos deberá tener en cuenta en todo caso la oferta existente de centros públicos y concertados. Finalmente, el artículo 47.1 señala que para el sostenimiento de centros privados con fondos públicos se establecerá un régimen de conciertos al que podrán acogerse todos aquellos que, en orden al servicio público de la educación en los términos previstos por esta ley, impartan la educación básica y reúnan los requisitos previstos en el título IV de la ley orgánica.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (11)

Normas a las que afecta (4)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 2377/1985?
Real Decreto 2377/1985 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 2377/1985?
El BOE registra 11 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 2377/1985?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.