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Real Decreto Vigente

Artículo 4.

Artículo 4 del Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos. · BOE-A-1985-26788

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-12-28.

Texto consolidado

1. Están facultados para formalizar conciertos educativos con la Administración las personas físicas o jurídicas de carácter privado y de nacionalidad española que sean titulares de los centros privados a que se refiere el presente reglamento.

2. Están asimismo facultados para formalizar conciertos educativos las personas físicas o jurídicas de carácter privado y de nacionalidad extranjera en los términos previstos en la ley, en los correspondientes tratados internacionales o, en su defecto, de acuerdo con el principio de reciprocidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-12-28.

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