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Real Decreto Vigente

Artículo 34.

Artículo 34 del Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos. · BOE-A-1985-26788

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-12-28.

Texto consolidado

1. La Administración abonará mensualmente los salarios al profesorado de los centros concertados como pago delegado y en nombre de la entidad titular del centro.

2. Las cantidades correspondientes a los restantes gastos de funcionamiento de los centros se abonará por la Administración a los titulares de los mismos cada trimestre.

3. Ambos conceptos de gasto tendrán jurídicamente la conceptuación de contraprestación por los servicios educativos concertados con los centros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-12-28.

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