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Real Decreto Vigente

Artículo 19.

Artículo 19 del Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos. · BOE-A-1985-26788

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-12-28.

Texto consolidado

1. Los centros privados que, cumplimentando lo dispuesto en el artículo quinto de este reglamento, deseen acogerse al régimen de conciertos a partir de un determinado curso académico, lo solicitarán de la Administración educativa competente durante el mes de enero anterior al comienzo de dicho curso.

2. A la solicitud se acompañará la documentación complementaria que, en orden a circunstancias de los centros, determine la Administración competente con antelación al plazo referido.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-12-28.

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