Orden INT/632/2024, de 20 de junio, por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo del Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional, aprobado por el Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre.
BOE-A-2024-12811 · Boletín Oficial del Estado, 2024-06-25 · Ministerio del Interior
Orden INT/632/2024 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
La Orden INT/632/2024 regula la aplicación y desarrollo del Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional, establecido por el Real Decreto 853/2022. Esta norma es aplicable a los procesos selectivos y modalidades de formación de la Policía Nacional desde su entrada en vigor el 21 de junio de 2024.
Entre los puntos clave, establece que las bases de las convocatorias serán aprobadas por la Dirección General de la Policía y deben incluir aspectos como el número de plazas, fases del proceso selectivo y requisitos de los aspirantes. Se especifica que el número de aspirantes que superen las pruebas no podrá exceder el de plazas convocadas, garantizando así un proceso selectivo justo. Además, se introducen medidas para la recuperación de inasistencias en las fases de formación y se exige la acreditación de un nivel mínimo de idioma extranjero para participar en los procesos selectivos, que comenzará a aplicarse a partir del 1 de enero de 2025. Finalmente, esta orden deroga todas las disposiciones anteriores que contradigan su contenido.
Datos clave
- Rango
- Orden INT/632/2024
- Fecha de la disposición
- 2024-06-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 153, 2024-06-25
- Entrada en vigor
- 2024-06-26
- Departamento
- Ministerio del Interior
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 76
- Identificador BOE
- BOE-A-2024-12811
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La disposición final segunda del Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional, habilita al titular del Ministerio del Interior a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación del mismo.
El citado Reglamento establece el marco general de su regulación de conformidad con los principios contemplados en la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, siendo ahora necesario regular de manera integral y sistemática aspectos concretos, con la finalidad de agilizar y mejorar los procesos selectivos para una selección más eficaz de las personas participantes y su posterior formación.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Bases de las convocatorias.
- Artículo 4. Inicio de la realización de las pruebas y duración de las fases del proceso selectivo previas a la del curso.
- Artículo 5. Tiempo y lugar de realización de las pruebas previas a la fase del curso.
- Artículo 6. Llamamiento a las pruebas previas a la fase del curso.
- Artículo 7. Exclusión sobrevenida del proceso selectivo por incumplimiento de los requisitos.
- Artículo 8. Incumplimiento de las instrucciones impartidas y utilización de medios fraudulentos durante el desarrollo de las pruebas en cualquiera de las fases de los procesos s…
- Artículo 9. Número máximo de personas aspirantes que podrán acceder al curso.
- Artículo 10. Evaluación de actitudes y valores del alumnado.
- Artículo 11. Inasistencias en las fases del curso y del módulo de formación práctica en puesto de trabajo.
- Artículo 12. Medidas de conciliación y corresponsabilidad.
- Artículo 13. Validez de los cursos o acciones formativas en los supuestos de no consolidación de nombramiento de ingreso o ascenso condicionado.
- Artículo 14. Prueba de aptitud física.
- Artículo 15. Prueba de reconocimiento médico.
- Artículo 16. Prueba de test psicotécnicos.
- Artículo 17. Prueba de entrevista profesional y personal.
- Artículo 18. Acreditación del conocimiento de un idioma extranjero.
- Artículo 19. Fases del proceso selectivo.
- Artículo 20. Fase de oposición.
- Artículo 21. Pruebas de aptitud física, reconocimiento médico, test psicotécnicos y entrevista profesional y personal.
- Artículo 22. Prueba de conocimientos.
- Artículo 23. Calificación final de la fase de oposición.
- Artículo 24. Fase de curso de formación.
- Artículo 25. Fase del módulo de formación práctica en puesto de trabajo.
- Artículo 26. Acreditación del conocimiento de un idioma extranjero.
- Artículo 27. Fases del proceso selectivo.
- Artículo 28. Fase de oposición.
- Artículo 29. Pruebas de aptitud física, reconocimiento médico, test psicotécnicos y entrevista profesional y personal.
- Artículo 30. Prueba de conocimientos.
- Artículo 31. Ejercicio de contestación de un cuestionario de preguntas.
- Artículo 32. Ejercicio de resolución de uno o varios supuestos prácticos.
- Artículo 33. Calificación final de la fase de oposición.
- Artículo 34. Fase de curso de formación.
- Artículo 35. Fase del módulo de formación práctica en puesto de trabajo.
- Artículo 36. Acreditación del conocimiento de un idioma extranjero.
- Artículo 37. Fases del proceso selectivo.
- Artículo 38. Fase de calificación previa.
- Artículo 39. Fase de pruebas de aptitud.
- Artículo 40. Fase de entrevista.
- Artículo 41. Fase de curso de formación profesional específica.
- Artículo 42. Fase de módulo de formación práctica en puesto de trabajo.
- Artículo 43. Acreditación del conocimiento de un idioma extranjero.
- Artículo 44. Fases del proceso selectivo.
- Artículo 45. Fase de concurso.
- Artículo 46. Fase de oposición.
- Artículo 47. Prueba de test psicotécnicos y entrevista profesional y personal.
- Artículo 48. Prueba de conocimientos.
- Artículo 49. Ejercicio de contestación de un cuestionario de preguntas.
- Artículo 50. Ejercicio de resolución de uno o varios supuestos prácticos.
- Artículo 51. Calificación final de la fase de oposición.
- Artículo 52. Fase de curso de formación profesional específica.
- Artículo 53. Fase de módulo de formación práctica en puesto de trabajo.
- Artículo 54. Escalafonamiento en los procesos selectivos de ingreso.
- Artículo 55. Escalafonamiento en los procesos selectivos de promoción interna.
- Artículo 56. Definición del proceso selectivo.
- Artículo 57. Fase de oposición.
- Artículo 58. Fase de concurso.
- Artículo 59. Calificación final de las fases de oposición y concurso.
- Artículo 60. Fase de curso de especialización.
- Artículo 61. Fase de módulo de formación práctica en puesto de trabajo.
- Artículo 62. Escalafonamiento en los procesos selectivos de acceso a las plazas de personal facultativo y técnico.
- Artículo 63. Órgano competente para su desarrollo.
- Artículo 64. Idiomas extranjeros prioritarios y de interés policial.
- Artículo 65. Niveles de competencia lingüística de la División de Formación y Perfeccionamiento.
- Artículo 66. Acreditación de nivel de competencia lingüística.
- Disposición adicional única. Requisito de estatura mínima para el acceso a las Unidades de Intervención Policial y las Unidades de Prevención y Reacción.
- Disposición transitoria primera. Normativa aplicable a los procesos selectivos iniciados.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de la exigencia del conocimiento de un idioma extranjero.
- Disposición transitoria tercera. Equivalencia al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER) de los niveles de idiomas certificados por la División de Formación y …
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Orden INT/761/2007, de 20 de marzo, por la que se aprueba el nuevo modelo de carné profesional de los funcionarios del Cuerpo Nacio…
- Disposición final segunda. Modificación de la Orden del Ministro de Justicia e Interior, de 30 de junio de 1995, por la que se establece el baremo de méritos aplicable a la prom…
- Disposición final tercera. Título competencial.
- Disposición final cuarta. Habilitación de desarrollo.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (6)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden INT/632/2024?
- Orden INT/632/2024 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden INT/632/2024?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.