Artículo 62. Escalafonamiento en los procesos selectivos de acceso a las plazas de personal facultativo y técnico.
Artículo 62 de la Orden INT/632/2024, de 20 de junio, por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo del Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional, aprobado por el Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre. · BOE-A-2024-12811
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-06-26.
Texto consolidado
El escalafonamiento se llevará a cabo atendiendo a la puntuación global obtenida en el proceso selectivo por cada aspirante, y que será, tanto para personal facultativo como para personal técnico, la puntuación definitiva resultante de la suma de las puntuaciones alcanzadas en las fases de oposición y concurso.
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