Orden de 30 junio de 1995 por la que se establece el baremo de méritos aplicable a la promoción interna de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía.
BOE-A-1995-17021 · Boletín Oficial del Estado, 1995-07-13 · Ministerio de Justicia e Interior
BOE-A-1995-17021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
Esta norma regula el baremo de méritos aplicable a la promoción interna de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía. Se aplica a todos los funcionarios de este cuerpo desde su entrada en vigor el 1 de julio de 1995.
Los puntos clave de esta orden incluyen la valoración de méritos profesionales, académicos y de antigüedad para el ascenso a distintas categorías dentro del Cuerpo Nacional de Policía. Se establece que todos los méritos deben ser acreditados documentalmente, aunque aquellos ya registrados en la administración no necesitan ser justificados de nuevo. Además, se fijan puntuaciones mínimas que los funcionarios deben alcanzar en función de su categoría para poder optar a un ascenso, y se especifica que los méritos adquiridos antes de la norma se valorarán según las puntuaciones establecidas en esta orden. Por último, se derogan otras órdenes anteriores relacionadas con la promoción interna en este cuerpo.
Esta norma no está derogada y sigue en vigor.
Datos clave
- Rango
- Orden
- Fecha de la disposición
- 1995-06-30
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 166, 1995-07-13
- Entrada en vigor
- 1995-07-14
- Departamento
- Ministerio de Justicia e Interior
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 19
- Identificador BOE
- BOE-A-1995-17021
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía, señala, en sus artículos 15, 17, 20 y 25, que el proceso de promoción interna para el acceso a las diferentes categorías del Cuerpo Nacional de Policía constará de una primera fase de calificación previa o de concurso en la que con arreglo a un baremo se valorará la trayectoria profesional, teniendo en cuenta la función y puestos de trabajo desempeñados, las recompensas y condecoraciones obtenidas, los méritos culturales relacionados con la actividad policial que se posean y, en su caso, la antigüedad efectiva en el Cuerpo Nacional de Policía.
Índice del articulado
- Primero.
- Segundo.
- Tercero.
- Cuarto.
- Quinto.
- Sexto.
- Séptimo.
- Octavo.
- Noveno.
- Décimo.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta. Deportistas de alto nivel.
- Disposición transitoria.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-1995-17021?
- BOE-A-1995-17021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-1995-17021?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-1995-17021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.