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Orden Vigente

Cuarto.

Cuarto de la Orden de 30 junio de 1995 por la que se establece el baremo de méritos aplicable a la promoción interna de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía. · BOE-A-1995-17021

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-07-14.

Texto consolidado

Todos los méritos que sean alegados en los procesos selectivos de promoción interna en los que se intervenga, deberán ser documentalmente acreditados, incluidas, en su caso, las equivalencias u homologaciones de títulos obenidos o estudios cursados, para ser tenidos en consideración por el Tribunal correspondiente a efectos de baremo.

No obstante lo anterior, los méritos que ya se encuentren documentados en la Administración receptora no será necesario justificarlos de nuevo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-07-14.

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