Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional.
BOE-A-2022-16582 · Boletín Oficial del Estado, 2022-10-12 · Ministerio del Interior
Real Decreto 853/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-17.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 853/2022
- Fecha de la disposición
- 2022-10-11
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 245, 2022-10-12
- Entrada en vigor
- 2022-10-13
- Departamento
- Ministerio del Interior
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-04-17
- Artículos
- 65
- Identificador BOE
- BOE-A-2022-16582
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, introdujo importantes novedades respecto del ingreso, la formación, la carrera profesional y la promoción interna del Cuerpo Nacional de Policía. Sin embargo, respecto de su desarrollo reglamentario, se mantuvo la vigencia del Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de los procesos selectivos y de formación del Cuerpo Nacional de Policía. Por ello, atendiendo al mandato del legislador contenido en la disposición final novena de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, se hace preciso la aprobación de un nuevo texto reglamentario que desarrolle dicha Ley Orgánica y, a su vez, integre en sus disposiciones los mandatos derivados de normas dictadas con posterioridad que inciden en la materia que se regula en este reglamento.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional.
- Disposición adicional primera. Baja en los aplazamientos concedidos y en el proceso selectivo de ingreso en la categoría de Policía previos a la adquisición de la condición de p…
- Disposición adicional segunda. Desarrollo reglamentario y protección de derechos.
- Disposición adicional tercera. Exención del tiempo mínimo de permanencia del personal ascendido por promoción interna.
- Disposición adicional cuarta. Plan de acción formativa en materia de idiomas.
- Disposición adicional quinta. Formación, sensibilización y evaluación de conocimientos en materia de perspectiva de género y para la mejora de la gestión de la diversidad.
- Disposición transitoria primera. Normativa aplicable a los procesos iniciados.
- Disposición transitoria segunda. Vigencia de normativa de rango inferior.
- Disposición transitoria tercera. Cómputo de convocatorias.
- Disposición transitoria cuarta. Validez del curso de actualización profesional.
- Disposición transitoria quinta. Tiempo mínimo de servicios efectivos en la categoría de Inspector o Inspectora requerido al personal policial que haya ingresado a la Policía Nac…
- Disposición transitoria sexta. Tiempo mínimo de servicios efectivos en la categoría de Inspector Jefe o Inspectora Jefa para poder concurrir a las pruebas de ascenso por la moda…
- Disposición transitoria séptima. Medidas para facilitar el desarrollo de las acciones formativas en los supuestos de embarazo, nacimiento, guarda, adopción o acogimiento.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final tercera. Régimen de exigencia del conocimiento de lengua extranjera.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Principios rectores de los procesos selectivos.
- Artículo 4. Tribunales calificadores.
- Artículo 5. Procedimiento de ingreso.
- Artículo 6. Requisitos de las personas aspirantes.
- Artículo 7. Pruebas.
- Artículo 8. Méritos y reserva de plazas.
- Artículo 9. Cumplimiento de los requisitos y méritos durante todo el proceso.
- Artículo 10. Adquisición de la condición de alumno y alumna.
- Artículo 11. Formación para el ingreso.
- Artículo 12. Incorporación o permanencia en los cursos.
- Artículo 13. Nombramiento.
- Artículo 14. Modalidades de promoción interna.
- Artículo 15. Requisitos de participación.
- Artículo 16. Antigüedad selectiva.
- Artículo 17. Fases en la modalidad de antigüedad selectiva.
- Artículo 18. Concurso-oposición.
- Artículo 19. Fases en la modalidad de concurso-oposición.
- Artículo 20. Convocatorias.
- Artículo 21. Curso de formación profesional específica y módulo de formación práctica en puesto de trabajo.
- Artículo 22. Incorporación al curso de formación profesional y módulo de formación práctica en puesto de trabajo.
- Artículo 23. Nombramiento.
- Artículo 24. Baremo.
- Artículo 25. Escalafonamiento.
- Artículo 26. Destinos.
- Artículo 27. Proceso selectivo.
- Artículo 28. Requisitos.
- Artículo 29. Fases del proceso selectivo.
- Artículo 30. Cumplimiento de los requisitos y méritos durante todo el proceso.
- Artículo 31. Incorporación al curso de especialización y módulo de formación práctica en puesto de trabajo.
- Artículo 32. Nombramiento.
- Artículo 33. Compromiso de permanencia.
- Artículo 34. Procesos selectivos de ingreso, promoción interna y acceso. Aspectos generales.
- Artículo 35. Fases de oposición y de pruebas de aptitud previas a los cursos de formación para ingreso y promoción interna.
- Artículo 36. Fase del curso académico.
- Artículo 37. Fase del módulo de formación práctica en puesto de trabajo.
- Artículo 38. Cursos de actualización, especialización y de altos estudios policiales. Medidas de participación y desarrollo de los cursos.
- Artículo 39. Sistema educativo policial.
- Artículo 40. Formación de ingreso y capacitación profesional específica.
- Artículo 41. Formación permanente.
- Artículo 42. Especialización.
- Artículo 43. Altos estudios profesionales.
- Artículo 44. Planes de estudios.
- Artículo 45. Centros docentes.
- Artículo 46. Régimen del alumnado de los centros docentes.
- Artículo 47. Curso de actualización para el reingreso al servicio activo.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 853/2022?
- Real Decreto 853/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-17.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 853/2022?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 853/2022?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.