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Real Decreto Vigente

Artículo 38. Cursos de actualización, especialización y de altos estudios policiales. Medidas de participación y desarrollo de los cursos.

Artículo 38 del Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional. · BOE-A-2022-16582

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-10-13.

Texto consolidado

Las personas solicitantes de los cursos de actualización, especialización y de altos estudios policiales, que fuesen beneficiarias de los permisos derivados del nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo o hija, podrán participar en los mismos en los términos establecidos en los apartados a), b) y c) del artículo 49 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, con los beneficios reconocidos en este capítulo, siempre que la duración del curso lo permita y no se perjudique a terceras personas participantes.

Si por cualquiera de las causas indicadas tuvieran que abandonar el curso, tendrán derecho preferente a la realización del siguiente que se convoque, sin que en ningún caso se puedan conceder más de dos aplazamientos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-10-13.

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