Orden FOM/233/2006, de 31 de enero, por la que se regulan las condiciones para la homologación del material rodante ferroviario y de los centros de mantenimiento y se fijan las cuantías de la tasa por certificación de dicho material.
BOE-A-2006-2002 · Boletín Oficial del Estado, 2006-02-08 · Ministerio de Fomento
Orden FOM/233/2006 está derogada desde el 2025-06-16: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Orden FOM/233/2006
- Fecha de la disposición
- 2006-01-31
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 33, 2006-02-08
- Entrada en vigor
- 2006-02-09
- Departamento
- Ministerio de Fomento
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2025-06-16
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 54
- Identificador BOE
- BOE-A-2006-2002
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La exigencia de la seguridad en el transporte ferroviario ha determinado la aprobación de distintas normas encaminadas a la satisfacción de dicha garantía. Entre ellas, los Reales Decretos 1191/2000, de 23 de junio, sobre interoperabilidad del sistema ferroviario de alta velocidad y 646/2003, de 30 de mayo, sobre interoperabilidad del sistema ferroviario transeuropeo convencional, que acometieron ya, en cumplimiento de las obligaciones impuestas por la normativa comunitaria, la regulación de aquellos requisitos exigibles a los vehículos ferroviarios que circulasen por el espacio de la red ferroviaria de competencia estatal, desarrollando, al mismo tiempo, el régimen de autorizaciones establecido al efecto.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y alcance de esta orden.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Clasificación del material rodante.
- Artículo 4. Requisitos exigibles al material rodante para circular por la Red Ferroviaria de Interés General.
- Artículos 5 a 9.
- Artículo 5. Especificaciones Técnicas de Homologación.
- Artículo 6. Régimen general.
- Artículo 7. Procedimiento de validación.
- Artículo 8. Fases de los procedimientos de validación.
- Articulo 9. Comunicación del procedimiento de validación para la obtención de una autorización de puesta en servicio.
- Artículos 10 a 13.
- Artículo 10. Autorización de puesta en servicio.
- Artículo 11. Autorización provisional de circulación.
- Artículo 12. Autorización de circulación.
- Artículo 13. Suspensión y revocación de la autorización de circulación.
- Artículo 14. Declaración «CE» de verificación.
- Artículo 15. Disposiciones generales.
- Artículo 16. Base de datos del material rodante y control de los planes de mantenimiento.
- Artículo 17. Operaciones de mantenimiento.
- Artículo 18. Modificación de los planes de mantenimiento.
- Artículo 19. Inspección del material rodante.
- Articulo 20. Ámbito y requisitos de homologación y habilitación.
- Artículo 21. Funciones.
- Artículo 22. Régimen de funcionamiento.
- Artículo 23. Documentación de las operaciones de mantenimiento.
- Artículo 24. Régimen de inspección.
- Artículo 25. Requisitos para la homologación.
- Artículo 26. Criterios para valorar la capacidad técnica y la competencia profesional.
- Artículo 27. Criterios para valorar la capacidad financiera.
- Artículo 28. Criterios para valorar la cobertura de responsabilidad civil.
- Articulo 29. Procedimiento de homologación de centros de mantenimiento.
- Artículo 30. Validez de la homologación.
- Artículo 31. Suspensión y revocación de la homologación.
- Artículo 32. Habilitaciones de los centros de mantenimiento.
- Artículo 33. Vigencia de las habilitaciones.
- Artículo 34. Suspensión y revocación de las habilitaciones.
- Artículo 35. Tasa por certificación de material rodante.
- Disposición adicional primera. Homologación y habilitaciones de los centros de mantenimiento de material de que dispusiera la entidad pública empresarial FEVE a 31 de diciembre …
- Disposición adicional segunda. Otros centros de mantenimiento de material rodante ferroviario que circulaba por la Red Ferroviaria de Interés General de ancho métrico.
- Disposición adicional tercera. Autorización a la autoridad responsable de la seguridad ferroviaria.
- Disposición adicional cuarta. Material rodante ferroviario a disposición del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias.
- Disposición adicional quinta. Otros vehículos ferroviarios que circulaban por la actual Red Ferroviaria de Interés General antes de la entrada en vigor de la Ley 39/2003, de 17 …
- Disposición adicional sexta. Circulación de vehículos ferroviarios autorizados en el extranjero.
- Disposición adicional séptima. Homologación y habilitaciones de los centros de mantenimiento de que dispusiera la entidad RENFE-Operadora a la entrada en vigor del Reglamento de…
- Disposición adicional octava. Otros centros de mantenimiento de material rodante ferroviario.
- Disposición adicional novena. Vehículos ferroviarios mantenidos por centros de mantenimiento situados fuera de España.
- Disposición adicional décima. Autorización a la Dirección General de Ferrocarriles.
- Disposición adicional undécima. Matriculación del material rodante.
- Disposición transitoria primera. Régimen de validación hasta la aprobación de las Especificaciones Técnicas de Homologación.
- Disposición transitoria segunda. Continuidad de los procedimientos de validación iniciados antes de la entrada en vigor de esta orden.
- Disposición transitoria tercera. Régimen aplicable al material rodante que presta sus servicios en los Ferrocarriles Españoles de Vía Estrecha (FEVE).
- Disposición transitoria cuarta. Prestación del servicio de mantenimiento de material rodante.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (11)
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden FOM/233/2006?
- Orden FOM/233/2006 está derogada desde el 2025-06-16: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden FOM/233/2006?
- El BOE registra 11 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden FOM/233/2006?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.