Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria.
BOE-A-2001-3494 · Boletín Oficial del Estado, 2001-02-21 · Comunidad Foral de Navarra
Ley Foral 13/2000 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-20.
Datos clave
- Rango
- Ley Foral 13/2000
- Fecha de la disposición
- 2000-12-14
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 45, 2001-02-21
- Entrada en vigor
- 2001-04-01
- Departamento
- Comunidad Foral de Navarra
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-02-20
- Artículos
- 236
- Identificador BOE
- BOE-A-2001-3494
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral General Tributaria.
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Potestad tributaria.
- Artículo 3. Principios generales.
- Artículo 4. Fines de los tributos.
- Artículo 5. Entidades de Derecho Público.
- Artículo 6. Potestad reglamentaria y gestión tributaria.
- Artículo 7. Impugnabilidad.
- Artículo 8. Presunción de legalidad. Ejecutividad.
- Artículo 9. Derechos generales de los obligados tributarios.
- Artículo 10. Fuentes del Derecho Tributario.
- Artículo 11. Materias que serán reguladas por ley foral.
- Artículo 12. Armonización.
- Artículo 13. Normativa tributaria.
- Artículo 14. Entrada en vigor.
- Artículo 15. Ámbito de aplicación espacial.
- Artículo 16. Interpretación.
- Artículo 17. Fraude de ley.
- Artículo 18. Simulación.
- Artículo 19. Clasificación.
- Artículo 20. Concepto.
- Artículo 21. Sujeto pasivo.
- Artículo 22. Contribuyente.
- Artículo 23. Sustituto.
- Artículo 24. Retenedor y obligado a ingresar a cuenta.
- Artículo 25. Entidades sin personalidad jurídica.
- Artículo 26. Concurrencia de titulares.
- Artículo 27. Obligaciones tributarias.
- Artículo 28. Indisponibilidad de la obligación tributaria.
- Artículo 29. Régimen general.
- Artículo 30. Supuestos especiales de responsabilidad solidaria.
- Artículo 31. Responsables por adquisición de explotaciones o actividades económicas.
- Artículo 32. Supuestos especiales de responsabilidad subsidiaria.
- Artículo 33. Sucesores en los derechos y obligaciones tributarios.
- Artículo 34. Adquirentes de bienes afectos.
- Artículo 35. Personas con capacidad de obrar.
- Artículo 36. Representación.
- Artículo 37. Régimen general.
- Artículo 38. Supuestos especiales.
- Artículo 39. Regímenes.
- Artículo 40. Estimación directa.
- Artículo 41. Estimación objetiva.
- Artículo 42. Estimación indirecta.
- Artículo 43. Procedimiento en la estimación indirecta.
- Artículo 44. Medios de comprobación.
- Artículo 45. Acuerdos previos de valoración.
- Artículo 46. Concepto.
- Artículo 47. Tipos de gravamen.
- Artículo 48. Cuota tributaria.
- Artículo 49. Reducción de oficio de la cuota tributaria.
- Artículo 50. Deuda tributaria.
- Artículo 51. Formas de pago.
- Artículo 52. Plazos y recargos.
- Artículo 52 bis. Aplazamiento y fraccionamiento del pago.
- Artículo 53. Autonomía de las deudas tributarias.
- Artículo 54. Consignación de la deuda tributaria.
- Artículo 55. Plazos.
- Artículo 55 bis. Derecho a comprobar e investigar.
- Artículo 56. Cómputo.
- Artículo 57. Interrupción.
- Artículo 58. Aplicación y efectos.
- Artículo 59. Compensación.
- Artículo 60. Condonación.
- Artículo 61. Insolvencia probada.
- Artículo 62. Prelación de créditos.
- Artículo 63. Hipoteca legal tácita.
- Artículo 64. Afectación.
- Artículo 65. Derecho de retención.
- Artículo 65 bis. Control de las obligaciones materiales y formales de los obligados tributarios y de los censos y registros.
- Artículo 66. Régimen general.
- Artículo 67. Infracciones simples.
- Artículo 68. Infracciones graves.
- Artículo 69. Clases de sanciones.
- Artículo 70. Órganos competentes para sancionar y procedimiento sancionador.
- Artículo 71. Graduación de las sanciones.
- Artículo 72. Sanciones por infracciones simples.
- Artículo 73. Sanciones accesorias por infracciones simples.
- Artículo 74. Sanciones a cargos de entidades de crédito.
- Artículo 75. Sanciones a autoridades, funcionarios o personas que ejerzan profesiones oficiales.
- Artículo 76. Sanciones por infracciones graves.
- Artículo 77. Otras sanciones por infracciones graves.
- Artículo 78. Extinción de la responsabilidad.
- Artículo 79. Obligación de resolver.
- Artículo 80. Estado de tramitación de los procedimientos. Copia de los documentos.
- Artículo 81. Identificación de los responsables de la tramitación de los procedimientos.
- Artículo 82. Expedición de certificaciones y copias acreditativas de la presentación de declaraciones y documentos.
- Artículo 83. Presentación de documentos.
- Artículo 84. Obligación de la Administración tributaria de facilitar el ejercicio de los derechos.
- Artículo 85. Alegaciones.
- Artículo 86. Audiencia al interesado.
- Artículo 87. Plazos de resolución y efectos de la falta de resolución expresa.
- Artículo 88. Devoluciones de oficio.
- Artículo 89. Órganos administrativos.
- Artículo 90. Colaboración social.
- Artículo 91. Información y asistencia.
- Artículo 92. Publicaciones.
- Artículo 93. Comunicaciones.
- Artículo 94. Consultas tributarias.
- Artículo 95. Iniciación del procedimiento de gestión tributaria.
- Artículo 96. Declaración tributaria.
- Artículo 97. Denuncia pública.
- Artículo 98. Derecho de la Administración tributaria a recabar declaraciones.
- Artículo 99. Notificaciones.
- Artículo 100. Rectificación de errores materiales o de hecho.
- Artículo 101. Facultades.
- Artículo 102. Medios.
- Artículo 103. Deber de colaboración.
- Artículo 104. Obligación de facilitar datos por parte de autoridades e instituciones.
- Artículo 105. Carácter reservado de los datos con trascendencia tributaria.
- Artículo 105 bis. Publicidad de situaciones de incumplimiento relevante de las obligaciones tributarias.
- Artículo 106. La carga de la prueba.
- Artículo 107. Medios y valoración de pruebas.
- Artículo 108. Presunción de certeza de las declaraciones.
- Artículo 109. La confesión.
- Artículo 110. Las presunciones.
- Artículo 111. Valor probatorio de los Registros públicos.
- Artículo 112. Clases.
- Artículo 113. Liquidaciones provisionales de oficio. Comprobación abreviada.
- Artículo 114. Notificación de las liquidaciones tributarias.
- Artículo 115. Notificación defectuosa.
- Artículo 116. Períodos voluntario y ejecutivo.
Normas que la modifican o afectan (39)
Normas a las que afecta (17)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley Foral 13/2000?
- Ley Foral 13/2000 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley Foral 13/2000?
- El BOE registra 39 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley Foral 13/2000?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.