Artículo 109. La confesión.
Artículo 109 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria. · BOE-A-2001-3494
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-04-01.
Texto consolidado
1. La confesión de los obligados tributarios versará exclusivamente sobre supuestos de hecho.
2. No será válida la confesión cuando se refiera al resultado de aplicar las correspondientes normas legales.