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Ley Foral Vigente 2 redacciones

Artículo 16. Interpretación.

Artículo 16 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria. · BOE-A-2001-3494

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-12-31.

Texto consolidado

1. Las normas tributarias se interpretarán con arreglo a los criterios admitidos en Derecho.

2. En tanto no se definan por el ordenamiento tributario, los términos empleados en sus normas se entenderán conforme a su sentido jurídico, técnico o usual, según proceda.

3. No se admitirá la analogía para extender más allá de sus términos estrictos el ámbito del hecho imponible o el de las exenciones o bonificaciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-12-31.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2016-573.

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