Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra.
BOE-A-1997-19021 · Boletín Oficial del Estado, 1997-08-28 · Comunidad Foral de Navarra
Ley Foral 11/1997 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley Foral 11/1997
- Fecha de la disposición
- 1997-06-27
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 206, 1997-08-28
- Entrada en vigor
- 1997-07-31
- Departamento
- Comunidad Foral de Navarra
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 67
- Identificador BOE
- BOE-A-1997-19021
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de Estadística de Navarra.
El artículo 149.1.31.a de la Constitución Española incluye entre las competencias exclusivas del Estado la «estadística para fines estatales».
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Principios de la actividad estadística.
- Artículo 4. Del interés público.
- Artículo 5. De la transparencia.
- Artículo 6. De la homogeneidad.
- Artículo 7. De la proporcionalidad.
- Artículo 8. De la difusión estadística.
- Artículo 9. De la publicidad de las estadísticas oficiales.
- Artículo 10. Del carácter oficial de los resultados.
- Artículo 11. De la publicidad de la metodología.
- Artículo 12. De las explotaciones especiales.
- Artículo 13. De la conservación y custodia de la información.
- Artículo 14. De la cooperación entre las Administraciones Públicas.
- Artículo 15. Del ámbito del secreto estadístico.
- Artículo 16. Del contenido del secreto estadístico.
- Artículo 17. De la comunicación entre unidades estadísticas.
- Artículo 18. De la comunicación con fines científicos.
- Artículo 19. De la utilización de los datos amparados por el secreto estadístico.
- Artículo 20. De los obligados a mantener el secreto estadístico.
- Artículo 21. Del incumplimiento del secreto estadístico.
- Artículo 22. De las excepciones del secreto estadístico.
- Artículo 23. De las estadísticas de respuesta obligatoria.
- Artículo 24. De las personas obligadas a suministrar información.
- Artículo 25. De la forma de suministrar información.
- Artículo 26. Plan de Estadística de Navarra.
- Artículo 27. Programas Anuales de Estadística.
- Artículo 28. Otras estadísticas.
- Artículo 29. Del Sistema Estadístico de Navarra.
- Artículo 30. Naturaleza y adscripción.
- Artículo 31. Funciones.
- Artículo 32. Recursos técnicos y personales.
- Artículo 33. Unidades estadísticas de los Departamentos.
- Artículo 34. Órganos estadísticos de los Departamentos.
- Artículo 35. Información de la actividad estadística anual.
- Artículo 36. Naturaleza y composición.
- Artículo 37. Funciones.
- Artículo 38. Recursos.
- Artículo 39. De las unidades estadísticas de las Administraciones Locales.
- Artículo 40. Infracciones.
- Artículo 41. Responsables de las infracciones.
- Artículo 42. Infracciones de los obligados a prestar colaboración.
- Artículo 43. Infracciones de los que realizan actividad estadística.
- Artículo 44. Cuantía de las sanciones.
- Artículo 45. Condición necesaria para sancionar.
- Artículo 46. Competencia y procedimientos sancionadores.
- Artículo 47. Prescripción.
- Artículo 48. Otras responsabilidades.
- Artículo 48 [sic]. Creación del Registro de Población de Navarra.
- Artículo 49. Creación del Registro de Población de Navarra.
- Artículo 50. Obtención de los datos del Registro de Población de Navarra.
- Artículo 51. Ejercicio de los derechos de las personas.
- Artículo 52. Finalidad del Registro de Población de Navarra.
- Artículo 53. Confidencialidad.
- Artículo 54. Utilización de los datos del Registro de Población de Navarra.
- Artículo 55. Medidas de seguridad.
- Artículo 56. Sistemas de indicadores para la evaluación.
- Artículo 57. Sistema de Indicadores Estadísticos Públicos de Navarra.
- Artículo 58. Sistema de Indicadores Estadísticos Territoriales de Navarra.
- Disposición adicional.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- Disposición final tercera.
- Disposición final cuarta.
Normas que la modifican o afectan (8)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley Foral 11/1997?
- Ley Foral 11/1997 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley Foral 11/1997?
- El BOE registra 8 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley Foral 11/1997?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.