Artículo 30. Naturaleza y adscripción.
Artículo 30 de la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra. · BOE-A-1997-19021
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-11-08.
Texto consolidado
1. El Instituto de Estadística de Navarra es el órgano estadístico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, responsable de la actividad estadística de interés para Navarra.
2. La naturaleza y estructura orgánica del Instituto de Estadística de Navarra será definida por el Gobierno de Navarra, mediante Decreto Foral.
3. (Suprimido).
4. A todos los efectos el Instituto de Estadística de Navarra podrá utilizar el nombre Nastat de forma alternativa o conjuntamente con el nombre Instituto de Estadística de Navarra.
Se suprime el apartado 3 por el art. único de la Ley Foral 18/2023, de 26 de octubre. Ref. BOE-A-2023-23347#df
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-23347.