Artículo 35. Información de la actividad estadística anual.
Artículo 35 de la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra. · BOE-A-1997-19021
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-03-14.
Texto consolidado
Con el fin de realizar los informes de evaluación anuales, cada Departamento deberá facilitar a Nastat la información necesaria de las operaciones estadísticas de su responsabilidad, de acuerdo con el modelo de documentación vigente.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-5610.