Artículo 37. Funciones.
Artículo 37 de la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra. · BOE-A-1997-19021
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-05-21.
Texto consolidado
El Consejo de Estadística de Navarra ejercerá funciones de asesoramiento, consulta, participación y mediación en relación con la actividad del Sistema Estadístico de Navarra, en los términos que se desarrollen reglamentariamente.#df
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley Foral 5/2021, de 10 de mayo, por la que se aprueba el Plan de Estadística de Navarra 2021-2024 y se modifica la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra..