Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán.
BOE-A-1993-26497 · Boletín Oficial del Estado, 1993-11-04 · Comunidad Autónoma de Cataluña
Ley 9/1993 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
Datos clave
- Rango
- Ley 9/1993
- Fecha de la disposición
- 1993-09-30
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 264, 1993-11-04
- Entrada en vigor
- 1993-10-31
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cataluña
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-17
- Artículos
- 92
- Identificador BOE
- BOE-A-1993-26497
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 33.2 del Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente
LEY 9/1993, DE 30 DE SEPTIEMBRE, DEL PATRIMONIO CULTURAL CATALÁN
Índice del articulado
- Art. 1. Objeto.
- Art. 2. Proyección exterior.
- Art. 3. Colaboración entre las Administraciones públicas.
- Art. 4. Colaboración de la Iglesia católica.
- Art. 5. Colaboración de los particulares.
- Art. 6. Municipios histórico-artísticos.
- Art. 7. Definición y clasificación.
- Art. 8. Procedimiento de declaración.
- Art. 9. Notificación, publicación y efectos de la incoación.
- Art. 10. Finalización del expediente de declaración.
- Art. 11. Contenido de la declaración.
- Art. 12. Notificación y publicación de la declaración.
- Art. 13. Registro de Bienes Culturales de Interés Nacional.
- Art. 14. Procedimiento para dejar sin efecto una declaración.
- Art. 15. Definición.
- Art. 16. Catalogación de bienes muebles.
- Art. 17. Catalogación de bienes inmuebles.
- Art. 18. Definición.
- Art. 19. Patrimonio documental.
- Art. 20. Patrimonio bibliográfico.
- Art. 21. Deber de conservación.
- Art. 22. Derechos de tanteo y de retracto.
- Art. 23. Suspensión de intervenciones.
- Art. 24. Exportación.
- Art. 25. Deber de preservación y mantenimiento.
- Art. 26. Derechos de tanteo y de retracto.
- Art. 27. Escrituras públicas.
- Art. 28. Limitaciones a la transmisión.
- Art. 29. Programas de actuaciones de conservación.
- Art. 30. Acceso a los bienes culturales de interés nacional.
- Art. 31. Revisión de licencias urbanísticas.
- Art. 32. Prohibición de derribo.
- Art. 33. Planeamiento urbanístico.
- Art. 34. Autorización de obras.
- Art. 35. Criterios de intervención.
- Art. 36. Autorización de los cambios de uso.
- Art. 37. Desplazamiento de inmuebles.
- Art. 38. Expropiación.
- Art. 39. Régimen de protección.
- Art. 40. Deber de información.
- Art. 41. Comercio.
- Art. 42. Reproducción y restauración.
- Art. 43. Conservación.
- Art. 44. Comunicación de traslados.
- Art. 45. Integridad de las colecciones.
- Art. 46. Concepto de patrimonio arqueológico y regímenes de protección.
- Art. 47. Autorización de intervenciones arqueológicas.
- Art. 48. Intervenciones por obras en bienes inmuebles de interés nacional.
- Art. 49. Espacios de protección arqueológica.
- Art. 50. Intervenciones arqueológicas de la Administración.
- Art. 51. Descubrimiento de restos arqueológicos.
- Art. 52. Suspensión de obras.
- Art. 53. Titularidad de los descubrimientos.
- Art. 54. Normas generales.
- Art. 55. Ayudas para la investigación, la conservación y la rehabilitación.
- Art. 56. Ayudas para la adquisición.
- Art. 57. El 1,5 % cultural.
- Art. 58. Pagos con bienes culturales.
- Art. 59. Beneficios fiscales.
- Art. 60. Inventario del Patrimonio Cultural Catalán.
- Art. 61. Visita pública y difusión.
- Art. 62. Gestión de los monumentos por parte de la Generalidad.
- Art. 63. Cesión de uso de monumentos.
- Art. 64. Instalación de museos, archivos y bibliotecas
- Art. 65. Enseñanza.
- Art. 66. Publicaciones.
- Art. 67. Ejecución del deber de conservación.
- Art. 68. Reparación de los daños causados.
- Art. 69. Multas coercitivas.
- Art. 70. Inspección.
- Art. 71. Clasificación de las infracciones.
- Art. 72. Responsabilidad.
- Art. 73. Clasificación de las sanciones.
- Art. 74. Comiso de materiales y utensilios.
- Art. 75. Órganos competentes.
- Art. 76. Prescripción de las infracciones.
- Art. 77. Medidas cautelares.
- Art. 78. Publicidad de las sanciones.
- Art. 79. Plazo de resolución de los expedientes sancionadores.
- Art. 80. Composición.
- Art. 81. Funciones.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición derogatoria primera.
- Disposición derogatoria segunda.
- Disposición final.
Normas que la modifican o afectan (7)
Normas a las que afecta (11)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 9/1993?
- Ley 9/1993 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 9/1993?
- El BOE registra 7 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 9/1993?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.