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Ley Vigente

Disposición adicional tercera.

Disposición adicional tercera de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán. · BOE-A-1993-26497

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-10-31.

Texto consolidado

La Administración de la Generalidad asume, en virtud de esta Ley, las competencias ejercidas por las Diputaciones Provinciales en materia de protección, conservación y catalogación del patrimonio cultural catalán. Esta atribución de competencias comporta el traspaso de los medios materiales y personales afectos a los Servicios y Organismos correspondientes, y también de los correspondientes recursos económicos, de acuerdo con lo que establece la Ley 5/1987, de 4 de abril, del Régimen Provisional de Competencias de las Diputaciones Provinciales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-10-31.

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