Art. 25. Deber de preservación y mantenimiento.
Art 25 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán. · BOE-A-1993-26497
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-10-31.
Texto consolidado
1. Los propietarios, poseedores o titulares de derechos reales sobre bienes culturales de interés nacional o bienes catalogados, los preservarán y mantendrán para asegurar la integridad de su valor cultural. El uso al que se destinen estos bienes garantizará siempre su conservación.
2. Los bienes culturales de interés nacional y los bienes catalogados no pueden ser destruidos.
3. Los propietarios, poseedores o titulares de derechos reales sobre bienes culturales de interés nacional o bienes catalogados permitirán el acceso de los especialistas a dichos bienes, a fin de que puedan estudiarlos y catalogarlos convenientemente.