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Ley Vigente

Art. 44. Comunicación de traslados.

Art 44 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán. · BOE-A-1993-26497

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-10-31.

Texto consolidado

El traslado de bienes muebles de interés nacional o de bienes catalogados se comunicará al Departamento de Cultura, para que lo haga constar en el Registro o el Catálogo correspondientes. El Departamento de Cultura comunicará inmediatamente el traslado al Ayuntamiento afectado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-10-31.

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