Ley 5/2002, de 3 de junio, sobre vertidos de aguas residuales industriales a los sistemas públicos de saneamiento.
BOE-A-2002-14187 · Boletín Oficial del Estado, 2002-07-17 · Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Ley 5/2002 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 5/2002
- Fecha de la disposición
- 2002-06-03
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 170, 2002-07-17
- Entrada en vigor
- 2002-07-04
- Departamento
- Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 43
- Identificador BOE
- BOE-A-2002-14187
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley sobre vertidos de aguas residuales industriales.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Solicitud de autorización de vertido.
- Artículo 4. Requisitos de la solicitud.
- Artículo 5. Autorización de vertido.
- Artículo 6. Vertidos autorizables.
- Artículo 7. Prohibición de otros vertidos.
- Artículo 8. Contenido y vigencia de la autorización.
- Artículo 9. Modificación o suspensión de la autorización.
- Artículo 10. Censo de autorizaciones.
- Artículo 11. Necesidad del tratamiento previo.
- Artículo 12. Instalaciones de tratamiento previo.
- Artículo 13. Emergencia o peligro.
- Artículo 14. Obligaciones de los usuarios.
- Artículo 15. Daños.
- Artículo 16. Autocontrol de vertidos.
- Artículo 17. Información a la Administración.
- Artículo 18. Mantenimiento de equipos.
- Artículo 19. Competencia.
- Artículo 20. Personal inspector.
- Artículo 21. Funciones de los inspectores.
- Artículo 22. Procedimiento de inspección.
- Artículo 23. Muestreo.
- Artículo 24. Toma de muestras.
- Artículo 25. Métodos analíticos y análisis de las muestras.
- Artículo 26. Clasificación.
- Artículo 27. Infracciones leves.
- Artículo 28. Infracciones graves.
- Artículo 29. Infracciones muy graves.
- Artículo 30. Sanciones.
- Artículo 31. Reparación de daños.
- Artículo 32. Procedimiento.
- Artículo 33. Potestad sancionadora.
- Artículo 34. Suspensión de vertidos.
- Artículo 35. Subsanación de defectos.
- Artículo 36. Plazos de prescripción.
- Disposición adicional.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- Disposición final tercera.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | Ley 1/2023, de 15 de marzo, de Calidad Ambiental. |
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| En relación con | Ley 1/1994, de 21 de febrero, sobre Abastecimiento y Saneamiento de Aguas en el Principado de Asturias. |
| De conformidad con | Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Asturias. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 5/2002?
- Ley 5/2002 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 5/2002?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 5/2002?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.