Ley 1/1994, de 21 de febrero, sobre Abastecimiento y Saneamiento de Aguas en el Principado de Asturias.
BOE-A-1994-10719 · Boletín Oficial del Estado, 1994-05-12 · Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Ley 1/1994 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
Datos clave
- Rango
- Ley 1/1994
- Fecha de la disposición
- 1994-02-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 113, 1994-05-12
- Entrada en vigor
- 1994-03-17
- Departamento
- Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-17
- Artículos
- 51
- Identificador BOE
- BOE-A-1994-10719
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta general del Principado de Asturias ha aprobado, y yo, en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía para Asturias, vengo en promulgar la siguiente Ley sobre abastecimiento y saneamiento de aguas en el Principado de Asturias.
LEY 1/1994, DE 21 DE FEBRERO, SOBRE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO DE AGUAS EN EL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Competencias del Principado de Asturias.
- Artículo 3. Competencia de los concejos.
- Artículo 4. Relaciones interadministrativas.
- Artículo 5. Planes directores.
- Artículo 6. Obras de infraestructura.
- Artículo 7. Aprobación de proyectos.
- Artículo 8. Sistemas de interés del Principado de Asturias.
- Artículo 9. Planes directores de la zona central.
- Artículo 10. Creación.
- Artículo 11. Hecho imponible.
- Artículo 12. Medidas compensatorias y recargos.
- Artículo 13. Usos domésticos, industriales, agrícolas y ganaderos.
- Artículo 14. Devengo.
- Artículo 15. Sujetos pasivos.
- Artículo 16. Base imponible en función del consumo de agua.
- Artículo 16 bis. Determinación de la base imponible en función del consumo de agua.
- Artículo 16 tercero. Diferencias entre caudal consumido y el vertido en usos industriales.
- Artículo 16 cuarto. Determinación de la base imponible en función de la carga contaminante.
- Artículo 16 quinto. Medición directa de la carga contaminante.
- Artículo 16 sexto. Estimación objetiva de la carga contaminante.
- Artículo 16 séptimo. Determinación del consumo de agua.
- Artículo 17. Tipo de gravamen y cuota tributaria.
- Artículo 18. Obligación de pago.
- Artículo 19. Obligaciones formales.
- Artículo 20. Régimen jurídico.
- Artículo 21. Infracciones y sanciones.
- Artículo 22. Creación.
- Artículo 23. Régimen jurídico.
- Artículo 24. Funciones.
- Artículo 25. Estructura.
- Artículo 26. Consejo de Administración.
- Artículo 27. Director.
- Artículo 28. Servicios administrativos.
- Artículo 29. Patrimonio e ingresos.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta.
- Disposición transitoria quinta.
- Disposición transitoria sexta.
- Disposición transitoria séptima.
- Disposición transitoria octava. Industrias que tributen por la modalidad de carga contaminante.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
Normas que la modifican o afectan (17)
Normas a las que afecta (8)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 1/1994?
- Ley 1/1994 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 1/1994?
- El BOE registra 17 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/1994?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.