Artículo 12. Medidas compensatorias y recargos.
Artículo 12 de la Ley 1/1994, de 21 de febrero, sobre Abastecimiento y Saneamiento de Aguas en el Principado de Asturias. · BOE-A-1994-10719
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-03-17.
Texto consolidado
Se podrán establecer medidas compensatorias para los contribuyentes en situación de necesidad económica. Se podrán establecer recargos en los casos de consumos domésticos abusivos y desproporcionados de agua.