Ley 15/2002, de 27 de diciembre, de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Fiscales.
BOE-A-2003-2905 · Boletín Oficial del Estado, 2003-02-13 · Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Ley 15/2002 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
La Ley 15/2002, de 27 de diciembre, regula diversas medidas presupuestarias, administrativas y fiscales en el Principado de Asturias, con vigencia desde el 1 de enero de 2003. Esta norma se aplica a las administraciones públicas y entidades del Principado, así como a los ciudadanos y empresas que interactúan con ellas.
Entre los puntos clave, se establece que el Consejo de Gobierno debe autorizar la celebración de contratos que comprometan fondos de futuros ejercicios presupuestarios. Además, se crea un cupo mínimo del 5% en la oferta de empleo público para personas con discapacidad. En el ámbito fiscal, se introducen deducciones en el impuesto sobre la renta para colectivos vulnerables, como mayores de 65 años y personas con discapacidad. También se modifican tipos impositivos en varios tributos, como el impuesto sobre sucesiones y donaciones, para favorecer la continuidad de empresas familiares y se crea el Ente Público de Servicios Tributarios, que tiene como objetivo mejorar la gestión tributaria en la comunidad.
Esta ley no está derogada y sigue vigente en el marco normativo del Principado de Asturias.
Datos clave
- Rango
- Ley 15/2002
- Fecha de la disposición
- 2002-12-27
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 38, 2003-02-13
- Entrada en vigor
- 2003-01-01
- Departamento
- Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 25
- Identificador BOE
- BOE-A-2003-2905
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Fiscales.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Modificaciones del Texto Refundido del régimen económico y presupuestario, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 2/1998, de 25 de junio.
- Artículo 2. Modificación de la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias.
- Artículo 3. Modificaciones de la Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de ordenación de la función pública de la Administración del Principado de Asturias.
- Artículo 4. Modificaciones de la Ley 13/1986, de 28 de noviembre, de ordenación y defensa de las carreteras del Principado.
- Artículo 5. Modificaciones de la Ley 1/1991, de 21 de febrero, de patrimonio del Principado de Asturias.
- Artículo 6. Modificaciones de la Ley 2/1993, de 29 de octubre, de pesca marítima en aguas interiores y aprovechamiento de recursos marinos.
- Artículo 7. Modificaciones de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias.
- Artículo 8. Modificación de la Ley 3/1995, de 15 de marzo, de sanciones en materia de vivienda.
- Artículo 9. Modificaciones de la Ley 2/2001, de 27 de marzo, del Consejo Económico y Social.
- Artículo 10. Del Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias.
- Artículo 11. Deducciones sobre la cuota íntegra autonómica o complementaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas establecidas al amparo de lo dispuesto en el artí…
- Artículo 12. Reducción de la base imponible del impuesto sobre sucesiones y donaciones creada al amparo de lo dispuesto en el artículo 40.1.a) de la Ley 21/2001, de 27 de diciem…
- Artículo 13. Mejora en las reducciones de la base imponible del impuesto sobre sucesiones y donaciones establecida al amparo de lo dispuesto en el artículo 40.1.a) de la Ley 21/…
- Artículo 14. Tipos de gravamen en la modalidad de «Transmisiones patrimoniales onerosas» de bienes inmuebles establecidos al amparo de lo dispuesto en el artículo 41.1.a) de la …
- Artículo 15. Tipos de gravamen en la modalidad de «Actos jurídicos documentados» establecidos al amparo de lo dispuesto en el artículo 41.1.a) de la Ley 21/2001, de 27 de diciem…
- Artículo 16. Tipos tributarios y cuotas fijas de la tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar establecidas al amparo de lo dispuesto en el artículo 42.1.c) de la Ley…
- Artículo 17. Presentación telemática de declaraciones.
- Artículo 18. Obligaciones formales.
- Artículo 19. Modificaciones del Texto Refundido de las leyes de tasas y precios públicos, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio.
- Artículo 20. Modificación de la Ley 1/1994, de 21 de febrero, sobre abastecimiento y saneamiento de aguas en el Principado de Asturias.
- Artículo 21. Impuesto sobre grandes establecimientos comerciales.
- Disposición adicional primera. Asignación del complemento específico al personal facultativo en instituciones sanitarias.
- Disposición adicional segunda. De la incapacidad temporal del personal docente.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final.
Normas que la modifican o afectan (20)
Normas a las que afecta (11)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 15/2002?
- Ley 15/2002 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 15/2002?
- El BOE registra 20 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 15/2002?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.