Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 5/2002, de 3 de junio, sobre vertidos de aguas residuales industriales a los sistemas públicos de saneamiento. · BOE-A-2002-14187
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-07-04.
Texto consolidado
Se faculta al Consejo de Gobierno del Principado de Asturias para aprobar por decreto las disposiciones reglamentarias que se consideren necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente Ley.