Ley 2/2003, de 12 de mayo, de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía.
BOE-A-2003-12100 · Boletín Oficial del Estado, 2003-06-18 · Comunidad Autónoma de Andalucía
Ley 2/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
La Ley 2/2003, de 12 de mayo, regula la ordenación y gestión de los transportes públicos de viajeros urbanos y metropolitanos en Andalucía. Esta norma es aplicable a todos los transportes públicos de viajeros que se realicen en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía desde su entrada en vigor.
Entre los puntos clave de la ley se destacan: la promoción del transporte público como medio preferente para los desplazamientos, garantizando condiciones de accesibilidad y calidad; la definición de competencias entre las administraciones locales y autonómicas para la planificación y gestión de los servicios de transporte; y la creación de Consorcios de Transporte Metropolitanos que faciliten la coordinación y gestión eficiente de los servicios de transporte en áreas metropolitanas. Además, se establece un régimen de inspección y sanciones para garantizar el cumplimiento de la normativa. La ley no está derogada y sigue vigente.
Datos clave
- Rango
- Ley 2/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-05-12
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 145, 2003-06-18
- Entrada en vigor
- 2003-05-28
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Andalucía
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 78
- Identificador BOE
- BOE-A-2003-12100
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
A todos los que la presente vieren, sabed: Que el Parlamento de Andalucía ha aprobado y yo, en nombre del Rey y por la autoridad que me confieren la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Finalidad y principios de la actuación pública.
- Artículo 4. Competencias.
- Artículo 5. Definiciones y clasificaciones.
- Artículo 6. Protección de los usuarios.
- Artículo 7. Concepto.
- Artículo 8. Normativa aplicable
- Artículo 9. Modalidades de gestión
- Artículo 10. Coordinación de servicios regulares.
- Artículo 11. Servicios discrecionales en autobús.
- Artículo 12. Conceptos.
- Artículo 13. Interés metropolitano.
- Artículo 14. Licencias de autotaxi.
- Artículo 15. Régimen jurídico de las licencias de autotaxi.
- Artículo 16. Inicio de los transportes interurbanos.
- Artículo 17. Supuestos especiales de demanda.
- Artículo 18. Áreas Territoriales de Prestación Conjunta.
- Artículo 18 bis. Título habilitante.
- Artículo 18 ter. Condiciones de prestación del servicio.
- Artículo 18 quater. Registro de Comunicaciones de los Servicios de Arrendamiento de Vehículos con Conductor.
- Artículo 18 quinquies. Requisitos de los conductores o conductoras.
- Artículo 18 sexies. Régimen de horarios y descansos.
- Artículo 18 septies. Especificaciones técnicas de los vehículos.
- Artículo 18 octies. Régimen sancionador.
- Artículo 19. Concepto.
- Artículo 20. Contenido del Plan de Transporte Metropolitano.
- Artículo 21. Elaboración, aprobación y revisión del Plan.
- Artículo 22. Vigencia y efectos.
- Artículo 23. Concepto, contenido y aprobación.
- Artículo 24. Finalidad y contenido.
- Artículo 25. Concepto y creación.
- Artículo 26. Competencias.
- Artículo 27. Recursos de los Consorcios de Transporte Metropolitano.
- Artículo 28. Órganos de los Consorcios de Transporte Metropolitano.
- Artículo 29. Adopción de acuerdos.
- Artículo 30. Creación, fines y participación.
- Artículo 31. Régimen general del Ente Público.
- Artículo 32. Fuentes de financiación.
- Artículo 33. Reparto de subvenciones e ingresos.
- Artículo 34. Contabilidad.
- Artículo 35. Ejercicio de la inspección.
- Artículo 36. Infracciones: concepto y clasificación.
- Artículo 37. Responsabilidad administrativa.
- Artículo 38. Procedimiento.
- Artículo 39. Infracciones muy graves.
- Artículo 40. Infracciones graves.
- Artículo 41. Incumplimiento de las condiciones esenciales de la concesión o autorización administrativa.
- Artículo 42. Infracciones leves.
- Artículo 43. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 44. Cuantías de las multas.
- Artículo 45. Sanciones accesorias.
- Artículo 45 bis. Inmovilización.
- Artículo 46. Caducidad de concesiones y revocación de autorizaciones.
- Artículo 47. Delimitación de la reincidencia.
- Artículo 48. Competencia.
- Artículo 49. Exigencia de pago de sanciones.
- Artículo 50. Prescripción de las sanciones.
- Disposición adicional primera. Transporte de mercancías y transporte privado complementario de viajeros.
- Disposición adicional segunda. Compromisos de financiación.
- Disposición adicional tercera. Transporte por cable.
- Disposición adicional cuarta. Infraestructuras de transporte y planeamiento urbanístico.
- Disposición adicional quinta. Actualización de la cuantía de las sanciones.
- Disposición adicional sexta. Declaraciones de interés metropolitano.
- Disposición adicional séptima. Derechos y obligaciones de los usuarios.
- Disposición adicional octava. Identificación de los vehículos de transporte público interurbano regular de uso general de viajeros por carretera.
- Disposición adicional novena. Modificaciones puntuales de la Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía.
- Disposición transitoria primera. Autorización de transporte interurbano y licencia municipal de transporte urbano.
- Disposición transitoria segunda. Adaptación normativa.
- Disposición transitoria tercera. Concesiones interurbanas preexistentes en ámbitos municipales.
- Disposición transitoria cuarta. Planes Intermodales de Transporte.
- Disposición transitoria quinta. Distribución de ingresos en los Consorcios de Transporte Metropolitano.
- Disposición transitoria sexta. Capacitación profesional de los conductores VTC.
- Disposición transitoria séptima. Planes de Transporte Metropolitano en tramitación.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Legislación supletoria.
- Disposición final segunda. Habilitación normativa.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (14)
Normas a las que afecta (4)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 2/2003?
- Ley 2/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 2/2003?
- El BOE registra 14 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.