Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía.
BOE-A-2011-4039 · Boletín Oficial del Estado, 2011-03-03 · Comunidad Autónoma de Andalucía
Ley 1/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-16.
Datos clave
- Rango
- Ley 1/2011
- Fecha de la disposición
- 2011-02-17
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 53, 2011-03-03
- Entrada en vigor
- 2011-02-22
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Andalucía
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-01-16
- Artículos
- 56
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-4039
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
A todos los que la presente vieren, sabed:
Que el Parlamento de Andalucía ha aprobado y yo, en nombre del Rey y por la autoridad que me confieren la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley de reordenación del sector público de Andalucía.
Índice del articulado
- Artículo 1. Principios generales y Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Artículo 2. Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Artículo 3. Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento.
- Artículo 4. Subrogación.
- Artículo 5. Adaptación y transformación de Ferrocarriles de la Junta de Andalucía.
- Artículo 6. Subrogación.
- Artículo 7. Ley 2/2003, de 12 de mayo, de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía.
- Artículo 8. Adaptación del Servicio Andaluz de Empleo.
- Artículo 9. Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol.
- Artículo 10. Adscripción de empresas públicas sanitarias.
- Artículo 11. Personalidad, adscripción, régimen jurídico, fines, recursos económicos y representación y defensa de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.
- Artículo 12. Subrogación.
- Artículo 13. Supresión del Instituto Andaluz de Reforma Agraria.
- Artículo 14. Extinción de las Cámaras Agrarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Artículo 15. Liquidación del patrimonio y relaciones jurídicas de las cámaras agrarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Artículo 16. Destino del patrimonio de las Cámaras Agrarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Artículo 17. Asunción de derechos y obligaciones.
- Artículo 18. Personalidad, adscripción, régimen jurídico, fines, recursos económicos y representación y defensa de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.
- Artículo 19. Subrogación.
- Artículo 20. Personalidad, adscripción, régimen jurídico, fines y recursos económicos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.
- Artículo 21. Transformación y subrogación.
- Artículo 22. Personalidad, adscripción, régimen jurídico y fines de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía.
- Artículo 23. Recursos económicos.
- Artículo 24. Extinción de entidades y subrogación.
- Artículo 25. Del acceso a la propiedad.
- Artículo 26. Solicitantes.
- Artículo 27. Condiciones del acceso a la propiedad.
- Artículo 28. Valor de enajenación.
- Artículo 29. Limitaciones a la libre disposición de los bienes.
- Artículo 30. Bonificaciones para la liquidación anticipada de lotes.
- Artículo 31. Supresión de la tutela administrativa.
- Artículo 32. Transmisión mortis causa de la explotación.
- Artículo 33. Bienes no solicitados por las personas concesionarias.
- Artículo 34. Bienes no solicitados por sus ocupantes no concesionarios.
- Artículo 35. Del destino de los bienes adscritos a la Consejería competente en materia agraria distintos de los previstos en las secciones anteriores.
- Artículo 36. De la explotación provisional de las tierras vacantes.
- Disposición adicional primera. Configuración de las agencias públicas empresariales.
- Disposición adicional segunda. Autorización singular.
- Disposición adicional tercera. Aprobación de Estatutos y conclusión de operaciones jurídicas.
- Disposición adicional cuarta. Régimen de integración del personal.
- Disposición adicional quinta. Personal directivo de las agencias.
- Disposición adicional sexta. Ejercicio de potestades públicas.
- Disposición adicional séptima. Selección y acceso.
- Disposición adicional octava. Ámbito de negociación.
- Disposición adicional novena. Propuestas normativas de control.
- Disposición adicional décima. Medios propios.
- Disposición adicional undécima. Enajenación de bienes inmuebles adquiridos por la Empresa Pública de Suelo de Andalucía.
- Disposición adicional duodécima. Reapertura del plazo del Decreto 293/2002, de 3 de diciembre.
- Disposición adicional decimotercera. División de las explotaciones agrarias comunitarias.
- Disposición adicional decimocuarta. Venta con precio aplazado.
- Disposición adicional decimoquinta. Del acceso a la propiedad de los cultivadores provisionales.
- Disposición adicional decimosexta. Segregación y división de parcelas procedentes de actuaciones del Instituto Nacional de Colonización, el Instituto de Reforma y Desarrollo Agr…
- Disposición transitoria única. Régimen transitorio de las entidades instrumentales públicas que se extinguen.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (7)
Normas a las que afecta (7)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 1/2011?
- Ley 1/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-16.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 1/2011?
- El BOE registra 7 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/2011?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.