Disposición adicional sexta. Declaraciones de interés metropolitano.
Disposición adicional sexta de la Ley 2/2003, de 12 de mayo, de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía. · BOE-A-2003-12100
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-05-28.
Texto consolidado
Los servicios, tráficos, infraestructuras e instalaciones declarados de interés metropolitano con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley se considerarán declarados de interés metropolitano a los efectos establecidos en la misma.