Ley 13/2010, de 17 de diciembre, del comercio interior de Galicia.
BOE-A-2011-1649 · Boletín Oficial del Estado, 2011-01-29 · Comunidad Autónoma de Galicia
Ley 13/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-16.
Resumen
La Ley 13/2010, de 17 de diciembre, regula el comercio interior en Galicia, estableciendo un marco jurídico para modernizar y ordenar la actividad comercial en la comunidad. Esta ley es aplicable a todas las actividades comerciales realizadas por comerciantes en Galicia desde su entrada en vigor.
Entre los puntos clave, la ley establece que los comerciantes deben cumplir con requisitos específicos para operar, como estar dados de alta en la Seguridad Social y en el impuesto de actividades económicas. También se crea un Registro Gallego de Comercio para facilitar la gestión administrativa y se regulan las autorizaciones necesarias para la apertura de establecimientos comerciales con impacto supramunicipal. Además, se establece un régimen de inspección y sanciones para garantizar el cumplimiento de la normativa, con infracciones clasificadas en leves, graves y muy graves, cada una con sus correspondientes sanciones. La ley también prohíbe prácticas comerciales desleales, como la venta con pérdidas y las ventas piramidales.
Finalmente, esta ley deroga la anterior Ley 10/1988 de ordenación del comercio interior de Galicia, así como otras disposiciones que se opongan a lo establecido en la nueva normativa.
Datos clave
- Rango
- Ley 13/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-12-17
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 25, 2011-01-29
- Entrada en vigor
- 2011-01-18
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Galicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-02-16
- Artículos
- 129
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-1649
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Conforme al artículo 30.1.4 del Estatuto de Autonomía de Galicia, corresponde a esta Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de comercio interior, sin perjuicio de la política general de precios y la legislación sobre la defensa de la competencia, en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y 149.1.11 y 13 de la Constitución española.
En orden a atender las necesidades propias y específicas del sector comercial gallego, la Comunidad Autónoma de Galicia considera conveniente actualizar el marco normativo regulador de la actividad comercial a fin de alcanzar la modernización, mejora y desarrollo del sector.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Fines y principios rectores.
- Artículo 4. Concepto y clases.
- Artículo 5. Condiciones generales para el ejercicio de la actividad comercial.
- Artículo 6. Prohibiciones y restricciones al ejercicio de la actividad comercial.
- Artículo 7. Ordenación administrativa de la actividad comercial.
- Artículo 8. Registro Gallego de Comercio.
- Artículo 9. Condiciones de la oferta.
- Artículo 10. El precio de los productos y servicios.
- Artículo 11. Derecho de desistimiento.
- Artículo 12. Ventas con pérdida.
- Artículo 13. Garantía y custodia de los artículos.
- Artículo 14. Régimen general.
- Artículo 15. Pagos a las personas proveedoras.
- Artículo 16. Observatorio del Comercio de Galicia.
- Artículo 17. Finalidad del Observatorio del Comercio de Galicia.
- Artículo 18. Mesa del Comercio de Galicia.
- Artículo 19. Funciones de la Mesa del Comercio de Galicia.
- Artículo 20. Composición de la Mesa del Comercio de Galicia.
- Artículo 20 bis. Funcionamiento de la Mesa del Comercio de Galicia.
- Artículo 20 ter. Nombramiento.
- Artículo 21. Mesa Local de Comercio.
- Artículo 22. Concepto general de establecimiento comercial.
- Artículo 23. Clases de establecimientos comerciales.
- Artículo 24. Centros comerciales abiertos.
- Artículo 25. Centros de fabricantes o outlets.
- Artículo 26. Ordenación y equipamientos comerciales.
- Artículo 27. Uso comercial del suelo.
- Artículo 28. Apertura de establecimientos comerciales.
- Artículo 29. Actividades sujetas a autorización comercial autonómica.
- Artículo 30. Superficie útil de exposición y venta al público.
- Artículo 31. Solicitud de la autorización comercial autonómica.
- Artículo 32. Procedimiento para la obtención de la autorización comercial autonómica y su valoración.
- Artículo 33. La Comisión Consultiva.
- Artículo 34. Vigencia de la autorización comercial.
- Artículo 35. De los horarios comerciales.
- Artículo 36. Concepto.
- Artículo 37. Requisitos generales.
- Artículo 38. Concepto.
- Artículo 39. Temporada de rebajas.
- Artículo 40. Condiciones.
- Artículo 41. Concepto.
- Artículo 42. Condiciones.
- Artículo 43. Concepto.
- Artículo 44. Condiciones.
- Artículo 45. Duración.
- Artículo 46. Concepto.
- Artículo 47. Condiciones.
- Artículo 48. Concepto.
- Artículo 49. Condiciones.
- Artículo 50. Concepto.
- Artículo 51. Condiciones.
- Artículo 52. Concepto.
- Artículo 53. Requisitos de los establecimientos comerciales.
- Artículo 54. Concepto.
- Artículo 55. Condiciones.
- Artículo 56. Concepto.
- Artículo 57. Comunicación.
- Artículo 58. Propuesta de contratación.
- Artículo 59. Información previa.
- Artículo 60. Necesidad de consentimiento expreso.
- Artículo 61. Prohibición de envíos non solicitados.
- Artículo 62. Ejecución y pago.
- Artículo 63. Derecho de desistimiento.
- Artículo 64. Pago mediante tarjeta.
- Artículo 65. Información.
- Artículo 66. Irrenunciabilidad de los derechos.
- Artículo 67. Requisitos especiales.
- Artículo 68. Concepto.
- Artículo 69. Condiciones.
- Artículo 70. Concepto.
- Artículo 71. Tipología de venta ambulante o no sedentaria.
- Artículo 72. Condiciones.
- Artículo 73. Sección de comerciantes ambulantes del Registro Gallego de Comercio.
- Artículo 74. Productos objeto de la venta ambulante.
- Artículo 75. Lugares destinados a la venta ambulante.
- Artículo 76. Régimen de autorización.
- Artículo 77. Información al público.
- Artículo 78. Facultades de inspección y sanción.
- Artículo 79. Concepto.
- Artículo 80. Condiciones del contrato de venta en subasta pública.
- Artículo 81. Requisitos de la oferta en subasta pública.
- Artículo 82. Relación entre las partes intervinientes.
- Artículo 83. Documentación.
- Artículo 84. Efectos de la venta en subasta pública.
- Artículo 85. Comunicación previa.
- Artículo 86. Concepto.
- Artículo 87. Condiciones.
- Artículo 88. Venta multinivel. Concepto.
- Artículo 89. Condiciones.
- Artículo 90. Prohibición de las ventas piramidales.
- Artículo 91. Prohibición de la venta con pérdida.
- Artículo 92. Concepto y condiciones.
- Artículo 93. De las actividades feriales.
- Artículo 94. Ferias de oportunidades celebradas por personas comerciantes.
- Artículo 95. Competencias inspectoras.
- Artículo 96. Funciones de la Inspección de Comercio.
- Artículo 97. Facultades de la Inspección de Comercio.
- Artículo 98. Obligaciones de las personas inspeccionadas.
- Artículo 99. Actividad inspectora en materia de comercio.
- Artículo 100. Personal de la Inspección de Comercio.
- Artículo 101. Actuación de las personas inspectoras.
- Artículo 102. Concepto y clases.
- Artículo 103. Responsabilidad.
- Artículo 104. Infracciones leves.
- Artículo 105. Infracciones graves.
- Artículo 106. Infracciones muy graves.
- Artículo 107. Reincidencia.
- Artículo 108. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 109. Tipología de las sanciones.
- Artículo 110. Cuantía de las multas.
- Artículo 111. Sanciones accesorias.
- Artículo 112. Graduación de las sanciones.
- Artículo 113. Órganos competentes para la imposición de las sanciones.
- Artículo 114. Procedimiento sancionador.
- Artículo 115. Medidas cautelares.
- Artículo 116. Multas coercitivas.
- Artículo 117. Publicidad y ejecución de las sanciones.
- Disposición transitoria primera. Solicitudes de autorización en tramitación.
Normas que la modifican o afectan (11)
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 13/2010?
- Ley 13/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-16.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 13/2010?
- El BOE registra 11 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 13/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.