Artículo 110. Cuantía de las multas.
Artículo 110 de la Ley 13/2010, de 17 de diciembre, del comercio interior de Galicia. · BOE-A-2011-1649
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-18.
Texto consolidado
1. Las infracciones de la presente Ley serán sancionadas con multa cuya cuantía se establecerá con la graduación siguiente:
a) Las infracciones leves se sancionarán con apercibimiento o multa de hasta 1.500 euros.
b) Las infracciones graves, con multa de 1.501 hasta 50.000 euros.
c) Las infracciones muy graves, con multa de 50.001 hasta 1.000.000 de euros.
2. La Xunta de Galicia, mediante un decreto, podrá actualizar el importe de las sanciones previstas en el apartado anterior en función de las variaciones que haya experimentado el índice de precios al consumo.