Ley 2/2012, de 28 de marzo, gallega de protección general de las personas consumidoras y usuarias.
BOE-A-2012-5595 · Boletín Oficial del Estado, 2012-04-27 · Comunidad Autónoma de Galicia
Ley 2/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-16.
Datos clave
- Rango
- Ley 2/2012
- Fecha de la disposición
- 2012-03-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 101, 2012-04-27
- Entrada en vigor
- 2012-05-01
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Galicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-02-16
- Artículos
- 135
- Identificador BOE
- BOE-A-2012-5595
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En virtud del artículo 30.I.4 del Estatuto de autonomía de Galicia, y de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general y la política monetaria del Estado, corresponde a la Comunidad Autónoma gallega, en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y 149.1.11.ª y 13.ª de la Constitución, la competencia exclusiva en materia de defensa del consumidor y usuario, todo ello sin perjuicio de la política general de precios y de la legislación sobre la defensa de la competencia.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Relación de consumo.
- Artículo 3. Concepto de consumidor.
- Artículo 4. Concepto de empresa.
- Artículo 5. Carácter de las administraciones públicas.
- Artículo 6. Ámbito de aplicación.
- Artículo 7. Colectivos de protección especial.
- Artículo 8. Situaciones de especial protección.
- Artículo 9. Códigos de buenas prácticas.
- Artículo 10. Derechos de los consumidores.
- Artículo 11. Derechos básicos de los consumidores.
- Artículo 12. Interpretación a favor del consumidor.
- Artículo 13. Irrenunciabilidad de derechos.
- Artículo 14. Deber de diligencia.
- Artículo 15. Deber general de seguridad.
- Artículo 16. Deber de información a los consumidores sobre los riesgos de los bienes y servicios.
- Artículo 17. Bienes destinados de forma exclusiva para uso profesional.
- Artículo 18. Obligaciones de las empresas en materia de seguridad de los consumidores.
- Artículo 19. Responsabilidades de las empresas en materia de documentación.
- Artículo 20. Obligación de comunicación de accidentes.
- Artículo 21. Red de Alerta Gallega de Productos de Consumo.
- Artículo 22. Actuaciones administrativas en materia de seguridad de los consumidores.
- Artículo 23. Información previa de las empresas prestadoras de servicios.
- Artículo 24. Contraprestación.
- Artículo 25. Información del precio o contraprestación.
- Artículo 26. Información y marcado de precios en los establecimientos.
- Artículo 27. Oferta, promoción y publicidad.
- Artículo 28. Constancia de las condiciones de las ofertas.
- Artículo 29. Presupuesto.
- Artículo 30. Resguardo de depósito.
- Artículo 31. Documento justificativo de la relación de consumo.
- Artículo 32. Reclamaciones de los consumidores.
- Artículo 33. Servicios de atención al consumidor.
- Artículo 34. Información telefónica y telemática a las personas consumidoras.
- Artículo 35. Servicios básicos de interés general.
- Artículo 36. Manifestaciones o alegaciones de empresas.
- Artículo 37. Manifestación de morosidad.
- Artículo 38. Cláusulas abusivas.
- Artículo 39. Imagen de una empresa.
- Artículo 40. Indemnización y reparación de daños.
- Artículo 41. Administración electrónica.
- Artículo 42. Formas extrajudiciales de resolución de conflictos.
- Artículo 43. El arbitraje.
- Artículo 44. La mediación.
- Artículo 45. Idioma en las relaciones con la administración.
- Artículo 46. Derechos lingüísticos de los consumidores.
- Artículo 47. Educación y formación en materia de consumo.
- Artículo 48. Actuación administrativa.
- Artículo 49. Planes y programas.
- Artículo 50. Colaboración y cooperación.
- Artículo 51. Divulgación en materia de consumo.
- Artículo 52. Audiencia, consulta y representación de los consumidores.
- Artículo 53. Las organizaciones de consumidores.
- Artículo 54. Órgano representativo de las organizaciones de consumidores.
- Artículo 55. Actuación de las administraciones públicas de Galicia en la protección de los derechos de los consumidores.
- Artículo 56. Vigilancia del mercado.
- Artículo 56 bis. Reclamación de costes derivados del control de la vigilancia del mercado en caso de incumplimiento.
- Artículo 57. Advertencias y requerimientos.
- Artículo 58. Plan anual de vigilancia del mercado.
- Artículo 59. La Inspección de Consumo de la Xunta de Galicia.
- Artículo 60. Actuación de la Inspección de Consumo.
- Artículo 61. Colaboración con la administración competente en materia de consumo.
- Artículo 62. Tomas de muestras.
- Artículo 63. Práctica de la toma de muestras.
- Artículo 64. Práctica de las pruebas analíticas.
- Artículo 65. Casos especiales en la realización de las pruebas analíticas.
- Artículo 66. Medidas administrativas para la corrección del mercado.
- Artículo 67. Tipos de medidas de corrección del mercado.
- Artículo 68. Procedimiento de adopción de medidas definitivas.
- Artículo 69. Medidas provisionales.
- Artículo 70. Multas coercitivas.
- Artículo 71. Competencias de las corporaciones locales en materia de consumo.
- Artículo 72. Órganos de cooperación y coordinación.
- Artículo 73. Coordinación y cooperación de actuaciones en materia de consumo con las entidades locales.
- Artículo 74. Competencias sancionadoras.
- Artículo 75. Administración competente.
- Artículo 76. Actuaciones u omisiones infractoras.
- Artículo 77. Non bis in idem.
- Artículo 78. Concurrencia de procedimientos.
- Artículo 79. Carácter de las infracciones en materia de defensa de los consumidores.
- Artículo 80. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 81. Infracciones leves.
- Artículo 82. Infracciones graves.
- Artículo 83. Infracciones muy graves.
- Artículo 84. Infracciones graves o muy graves por concurrir determinadas circunstancias.
- Artículo 85. Reincidencia y reiteración.
- Artículo 86. Sanciones.
- Artículo 87. Gradación de las sanciones.
- Artículo 88. Circunstancias agravantes.
- Artículo 89. Circunstancias atenuantes.
- Artículo 90. Circunstancias mixtas.
- Artículo 91. Imposición de las sanciones.
- Artículo 92. Reducción y eficacia de las sanciones.
- Artículo 93. Sanciones accesorias.
- Artículo 94. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 95. Prescripción de las sanciones.
- Artículo 96. Responsables.
- Artículo 97. Bienes identificados.
- Artículo 98. Bienes no identificados.
- Artículo 99. Servicios.
- Artículo 100. Otros responsables.
- Artículo 101. Responsabilidad del receptor de la contraprestación.
- Artículo 102. Iniciación del procedimiento sancionador.
- Artículo 103. Actuaciones previas.
- Artículo 104. Archivo de actuaciones.
- Artículo 105. Acuerdo de iniciación de procedimiento.
- Artículo 106. Colaboración en la tramitación de los procedimientos.
- Artículo 107. Medidas de carácter provisional.
- Artículo 108. Actuaciones y alegaciones al acuerdo de iniciación.
- Artículo 109. Prueba.
- Artículo 110. Propuesta de resolución.
- Artículo 111. Audiencia a la propuesta de resolución.
- Artículo 112. Resolución del procedimiento.
- Artículo 113. Caducidad del procedimiento.
- Artículo 114. Notificaciones.
- Artículo 115. Inmovilización y decomiso de bienes o derechos.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
Normas que la modifican o afectan (9)
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, de Estatuto de Autonomía para Galicia. |
| Modifica | Ley 13/2010, de 17 de diciembre, del comercio interior de Galicia. |
| Deroga | la Ley 12/1984, de 28 de diciembre |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 2/2012?
- Ley 2/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-16.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 2/2012?
- El BOE registra 9 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/2012?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.