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Ley Vigente

Artículo 7. Ordenación administrativa de la actividad comercial.

Artículo 7 de la Ley 13/2010, de 17 de diciembre, del comercio interior de Galicia. · BOE-A-2011-1649

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-18.

Texto consolidado

1. La ordenación administrativa de la actividad comercial tendrá por objeto:

a) El régimen de los horarios comerciales.

b) La autorización comercial previa de aquellos establecimientos cuya implantación tenga una incidencia supramunicipal por sus repercusiones urbanísticas, medioambientales y territoriales.

c) El régimen de las actividades promocionales.

d) El régimen de la autorización de ventas especiales.

e) La inspección, información y vigilancia sobre la actividad y los establecimientos comerciales de Galicia.

f) Cualesquiera otras actividades que legalmente puedan establecerse.

2. El Gobierno gallego, a través de la consejería competente en materia de comercio, desarrollará una política de reforma de las estructuras comerciales encaminada a la modernización y racionalización del sector.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-01-18.

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