Artículo 18. Mesa del Comercio de Galicia.
Artículo 18 de la Ley 13/2010, de 17 de diciembre, del comercio interior de Galicia. · BOE-A-2011-1649
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-01.
Texto consolidado
Se crea la Mesa del Comercio de Galicia como órgano colegiado consultivo de participación, asesoramiento y colaboración con la Administración autonómica en el fomento y ordenación de la actividad comercial.
2. La Mesa del Comercio de Galicia se adscribe a la consejería competente en materia de comercio.#a4-10
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas..