Decreto Legislativo 2/2023, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Escuela Pública Vasca.
BOE-A-2023-23217 · Boletín Oficial del Estado, 2023-11-16 · Comunidad Autónoma del País Vasco
Decreto Legislativo 2/2023 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Decreto Legislativo 2/2023
- Fecha de la disposición
- 2023-09-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 274, 2023-11-16
- Entrada en vigor
- 2023-10-14
- Departamento
- Comunidad Autónoma del País Vasco
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 97
- Identificador BOE
- BOE-A-2023-23217
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Se hace saber a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que el Parlamento Vasco ha aprobado el Decreto Legislativo 2/2023, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Escuela Pública Vasca.
La Ley 1/1993, de 19 de febrero, de la Escuela Pública Vasca, estableció el modelo y recogió los principios generales y los fines de la escuela pública vasca.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del texto refundido de la Ley de la Escuela Pública Vasca.
- Disposición adicional. Referencias normativas.
- Disposición derogatoria. Derogación normativa.
- Disposición final. Entrada en vigor.
- Artículo 1.
- Artículo 2.
- Artículo 3.
- Artículo 4.
- Artículo 5.
- Artículo 6.
- Artículo 7.
- Artículo 8.
- Artículo 9.
- Artículo 10.
- Artículo 11.
- Artículo 12.
- Artículo 13.
- Artículo 14.
- Artículo 15.
- Artículo 16.
- Artículo 17.
- Artículo 18.
- Artículo 19.
- Artículo 20.
- Artículo 21.
- Artículo 22.
- Artículo 23.
- Artículo 24.
- Artículo 25.
- Artículo 26.
- Artículo 27.
- Artículo 28.
- Artículo 29.
- Artículo 30.
- Artículo 31.
- Artículo 32.
- Artículo 33.
- Artículo 33 bis. Procedimiento de selección.
- Artículo 33 ter. Nombramiento.
- Artículo 33 quater. Cese del director.
- Artículo 33 quinquies. Vicedirector.
- Artículo 33 sexies. Reconocimiento de la función del director.
- Artículo 34.
- Artículo 35.
- Artículo 36.
- Artículo 37.
- Artículo 38.
- Artículo 39.
- Artículo 40.
- Artículo 41.
- Artículo 42.
- Artículo 43.
- Artículo 44.
- Artículo 45.
- Artículo 46.
- Artículo 47.
- Artículo 48.
- Artículo 49.
- Artículo 50.
- Artículo 51.
- Artículo 52.
- Artículo 53.
- Artículo 54.
- Artículo 55.
- Artículo 56.
- Artículo 57.
- Artículo 58.
- Artículo 59.
- Artículo 60.
- Artículo 61.
- Artículo 62.
- Artículo 63.
- Artículo 64.
- Artículo 65.
- Artículo 66.
- Artículo 67.
- Artículo 68.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta.
- Disposición adicional séptima.
- Disposición adicional octava.
- Disposición adicional novena.
- Disposición adicional décima.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta.
- Disposición transitoria quinta.
- Disposición derogatoria primera.
- Disposición derogatoria segunda.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- Disposición final tercera.
Normas a las que afecta (6)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto Legislativo 2/2023?
- Decreto Legislativo 2/2023 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto Legislativo 2/2023?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.