Disposición adicional quinta.
Disposición adicional quinta del Decreto Legislativo 2/2023, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Escuela Pública Vasca. · BOE-A-2023-23217
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-10-14.
Texto consolidado
La participación de los centros en la provisión de sus puestos de trabajo que se prevé en el artículo 66.2 de esta ley se llevará a cabo con carácter prioritario en aquellos centros que cuenten con proyectos educativos singulares o en los que los contenidos de las enseñanzas a impartir así lo recomienden.