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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 9.

Artículo 9 del Decreto Legislativo 2/2023, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Escuela Pública Vasca. · BOE-A-2023-23217

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-10-14.

Texto consolidado

1. Los poderes públicos garantizarán, a través de los centros que integran la escuela pública vasca, la escolarización gratuita, a partir de los 3 años de edad, en todos los niveles de enseñanza de régimen general no universitarios, sin perjuicio de las limitaciones específicas que se establezcan sobre repeticiones y permanencia en los centros.

2. La Administración educativa, en colaboración con las distintas Administraciones y agentes sociales, implantará de manera progresiva la escolarización a partir de los cero años a todos aquellos que la demanden, informando a los sectores educativos de las posibilidades de escolarización infantil. En todo caso, en el proceso de implantación se dará prioridad a las zonas de menor nivel socioeconómico y, en general, a los alumnos con necesidades educativas especiales o necesidades de carácter lingüístico.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-10-14.

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