Artículo 37.
Artículo 37 del Decreto Legislativo 2/2023, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Escuela Pública Vasca. · BOE-A-2023-23217
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-10-14.
Texto consolidado
La Administración educativa adoptará las medidas necesarias para mejorar la preparación y la actuación de los equipos directivos de los centros docentes, y entre ellas aquellas tendentes a su capacitación lingüística de acuerdo con el objetivo de normalización lingüística del centro.