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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 15.

Artículo 15 del Decreto Legislativo 2/2023, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Escuela Pública Vasca. · BOE-A-2023-23217

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-10-14.

Texto consolidado

1. Desde el respeto a los derechos individuales y sociales del alumnado en el ámbito escolar, el Gobierno Vasco regulará, mediante decreto, previo informe del Consejo Escolar de Euskadi, los derechos y los deberes de los alumnos.

2. El alumnado de los centros de la escuela pública vasca tiene derecho a un tratamiento disciplinario exento de arbitrariedades y a la existencia de garantías procedimentales en la imposición de sanciones. El decreto previsto en el apartado anterior de este artículo regulará las faltas de los alumnos y sus correspondientes sanciones, así como el procedimiento para su imposición, que contará en todo caso con la audiencia del interesado, sin perjuicio de las acciones civiles o penales que pudieran derivarse de las mismas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-10-14.

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