Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de Centros docentes extranjeros en España.
BOE-A-1993-16128 · Boletín Oficial del Estado, 1993-06-23 · Ministerio de Educación y Ciencia
Real Decreto 806/1993 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
Resumen
Esta norma regula el régimen de los centros docentes extranjeros que imparten enseñanzas no universitarias en España. Se aplica a todos los centros que ofrezcan estos tipos de educación, independientemente de la nacionalidad de su titular, desde su entrada en vigor el 29 de mayo de 1993.
Entre los puntos clave, se establece que estos centros deben cumplir con los requisitos de seguridad, higiene y accesibilidad según la legislación española. Además, deben inscribirse en un registro público y obtener la autorización de funcionamiento de la Administración educativa competente. Los centros también están obligados a ofrecer enseñanzas de lengua y cultura españolas, así como a cumplir con las normativas de homologación de estudios para que los títulos obtenidos sean reconocidos en España. Por último, se contempla que los centros que no cumplan con las condiciones establecidas pueden ser cancelados o revocados.
El Real Decreto 806/1993 no está derogado y sigue vigente, aunque se menciona que el anterior Real Decreto 1110/1978 ha sido derogado.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 806/1993
- Fecha de la disposición
- 1993-05-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 149, 1993-06-23
- Entrada en vigor
- 1993-06-24
- Departamento
- Ministerio de Educación y Ciencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-17
- Artículos
- 33
- Identificador BOE
- BOE-A-1993-16128
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, establece en su artículo 12, apartado 2, que los centros extranjeros en España se ajustarán a lo que el Gobierno determine reglamentariamente. En aplicación de este mandato legal procede regular el régimen jurídico de aquellos centros que, independientemente de la nacionalidad de su titular, se caracterizan por impartir en España enseñanzas de niveles no universitarios, correspondientes a sistemas educativos de otros países.
Índice del articulado
- Artículo 1.
- Artículo 2.
- Artículo 3.
- Artículo 4.
- Artículo 5.
- Artículo 6.
- Artículo 7.
- Artículo 8.
- Artículo 9.
- Artículo 10.
- Artículo 11.
- Artículo 12.
- Artículo 13.
- Artículo 14.
- Artículo 15.
- Artículo 16.
- Artículo 17.
- Artículo 18.
- Artículo 19.
- Artículo 20.
- Artículo 21.
- Artículo 22.
- Artículo 23.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- Disposición final tercera.
- Disposición final cuarta.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | los arts. 15 y 16, por Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero |
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 806/1993?
- Real Decreto 806/1993 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 806/1993?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 806/1993?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.