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Real Decreto Vigente

Artículo 10.

Artículo 10 del Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de Centros docentes extranjeros en España. · BOE-A-1993-16128

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-06-24.

Texto consolidado

1. Los centros a los que se refiere el apartado 1.a), del artículo 3 de este Real Decreto impartirán las enseñanzas del sistema educativo extranjero de que se trate, completadas por enseñanzas de lengua y cultura españolas y, en su caso, de la lengua propia de la Comunidad Autónoma en la que estén ubicados.

2. Los centros a los que se refiere el presente artículo podrán acoger tanto a alumnos españoles como a alumnos extranjeros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-06-24.

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