El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda del Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de Centros docentes extranjeros en España. · BOE-A-1993-16128

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-06-24.

Texto consolidado

1. Los estudios extranjeros cursados en España al margen de las previsiones establecidas por el presente Real Decreto no serán objeto, en ningún caso, de reconocimiento a efectos de convalidación u homologación.

2. Los estudios cursados por alumnos españoles en centro extranjeros no autorizados para acoger alumnado español no serán homologados o convalidados, salvo que dichos alumnos posean además, la nacionalidad del Estado a cuyo sistema educativo correspondan las enseñanzas impartidas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-06-24.

Más artículos de Real Decreto 806/1993

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 806/1993 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.