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Real Decreto 391/1989, de 21 de abril, por el que se establece la cuantía del complemento de destino de los miembros del Poder Judicial y del Ministerio Fiscal.

BOE-A-1989-9055 · Boletín Oficial del Estado, 1989-04-22 · Ministerio de Economía y Hacienda

Real Decreto 391/1989 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.

Resumen

Esta norma regula la cuantía del complemento de destino para los miembros del Poder Judicial y del Ministerio Fiscal en España. Se aplica a Jueces, Magistrados y Fiscales desde su entrada en vigor el 22 de abril de 1989.

Los puntos clave de este Real Decreto son: primero, establece un sistema de clasificación de puestos de trabajo en nueve grupos, que determina la cuantía del complemento de destino en función de la dedicación, responsabilidad y características del puesto. Segundo, busca equiparar las retribuciones de los miembros del Ministerio Fiscal con las del Poder Judicial, garantizando un equilibrio económico entre ambas carreras. Tercero, el complemento se determina en función de varios criterios, como el lugar de destino y la jerarquía del cargo, y se revisa anualmente según la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Por último, se establece que el incremento retributivo se aplicará en dos fases, afectando a los ejercicios económicos de 1989 y 1990.

El Real Decreto no está derogado y sigue en vigor, aunque ha sido modificado por otras normativas posteriores.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 391/1989
Fecha de la disposición
1989-04-21
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 96, 1989-04-22
Entrada en vigor
1989-04-23
Departamento
Ministerio de Economía y Hacienda
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-17
Artículos
26
Identificador BOE
BOE-A-1989-9055
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La exigencia de adecuar las retribuciones de los miembros del Poder Judicial a las responsabilidades que, en el orden jurídico y social, les atribuye la Constitución en el Estado social y democrático de derecho, y a la mayor dedicación que el incremento de la litigiosidad supone, determina la oportunidad de revisar la cuantía del complemento de destino de los Jueces y Magistrados, a tenor de las necesidades expuestas por el Consejo General del Poder Judicial, lo que constituye el objeto del presente Real Decreto.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (10)

Normas a las que afecta (10)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 391/1989?
Real Decreto 391/1989 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 391/1989?
El BOE registra 10 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 391/1989?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.