Disposición adicional cuarta.
Disposición adicional cuarta del Real Decreto 391/1989, de 21 de abril, por el que se establece la cuantía del complemento de destino de los miembros del Poder Judicial y del Ministerio Fiscal. · BOE-A-1989-9055
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-04-23.
Texto consolidado
Lo dispuesto en este Real Decreto se entiende sin perjuicio de las indemnizaciones que tienen por objeto resarcir de los gastos realizados en razón de servicio, las cuales se regirán por la normativa vigente en esta materia.