Disposición final segunda.
Disposición final segunda del Real Decreto 391/1989, de 21 de abril, por el que se establece la cuantía del complemento de destino de los miembros del Poder Judicial y del Ministerio Fiscal. · BOE-A-1989-9055
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-04-23.
Texto consolidado
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y producirá efectos económicos desde el 1 de enero de 1989, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria cuarta.